REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 17 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-000175
ASUNTO : TP01-P-2008-000175

Revisada como ha sido la presente solicitud, este Tribunal para decidir observa:
La Solicitud

El Fiscal VII del Ministerio Público del Estado Trujillo, solicita autorización para la INCINERACIÓN de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, relacionadas con la Investigación Fiscal Nº 21-F7-392-2007, seguida contra el ciudadano RICHARD JOSE BRICEÑO, por el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en un peso remanente de DOS GRAMOS CON SEISCIENTOS MILIGRAMOS (2,6 GRS) DE COCAINA BASE, TRES GRAMOS CON TRESCIENTOS MILIGRAMOS (3,3GRS) DE CLORHIDRATO DE COCAINA Y DIEZ GRAMOS CON TRESCIENTOS MILIGRAMOS (10,3GRS) DE MARIHUANA, según EXPERTICIA QUIMICA Y BOTANICA, Nº 9700-069-015 de fecha 28-11-2007, realizada por la experta JALIXA RODRIGUEZ VILLARROEL.

Motivación Para Decidir

Establece el artículo 119 de la ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas:

“El juez de Control autorizará a solicitud del Ministerio Publico la destrucción de las sustancias incautadas, previa identificación por expertos que designe al efecto, quienes constaran su correspondencia con la sustancia incautada.”

Revisada la solicitud Fiscal, donde acompaña copia simple de la EXPERTICIA QUIMICA Y BOTANICA Nº 9700-069-015 de fecha 28-11-2007, donde consta la incautación referida, este Tribunal observa que la solicitud reúne los requisitos establecidos en la Ley Especial para ser acordada, y en consecuencia, este Tribunal, acuerda la destrucción de la sustancia incautada, donde aparece como investigado el ciudadano RICHADR JOSE BRICEÑO, en un peso remanente de DOS GRAMOS CON SEISCIENTOS MILIGRAMOS (2,6 GRS) DE COCAINA BASE, TRES GRAMOS CON TRESCIENTOS MILIGRAMOS (3,3GRS) DE CLORHIDRATO DE COCAINA Y DIEZ GRAMOS CON TRESCIENTOS MILIGRAMOS (10,3GRS) DE MARIHUANA, según EXPERTICIA QUIMICA Y BOTANICA, Nº 9700-069-015 de fecha 28-11-2007, realizada por la experta JALIXA RODRIGUEZ VILLARROEL, cantidad devuelta por la experta una vez realizada la experticia correspondiente, preferiblemente por incineración, previa comprobación por la experta Jalixa Rodríguez Villarroel, que se corresponde con la misma sustancia, realizándose el traslado de la sustancia con la debida protección y custodia, debiendo levantarse acta que deje constancia del procedimiento realizado. Así se decide.


DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 06, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Autoriza a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, con la presencia de la experto Jalixa Rodríguez Villaroel, para la destrucción de la sustancia incautada al ciudadano RICHARD JOSE BRICEÑO, con un peso remanente de DOS GRAMOS CON SEISCIENTOS MILIGRAMOS (2,6 GRS) DE COCAINA BASE, TRES GRAMOS CON TRESCIENTOS MILIGRAMOS (3,3GRS) DE CLORHIDRATO DE COCAINA Y DIEZ GRAMOS CON TRESCIENTOS MILIGRAMOS (10,3GRS) DE MARIHUANA, según EXPERTICIA QUIMICA Y BOTANICA, Nº 9700-069-015 de fecha 28-11-2007, realizada por la experta JALIXA RODRIGUEZ VILLARROEL, preferiblemente por incineración.

Devuélvanse las actuaciones a la Fiscalía VII del Ministerio Público a fin de que proceda conforme lo ordenado, Ciérrese en el sistema informático.

La Juez de Control N° 06

Abg. Fanny Elizabeth Terán Márquez
El Secretario

Abg Edgar Araujo