REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 25 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-004348
ASUNTO : TP01-P-2007-004348



Recibido como ha sido oficio Nº TR-1º-3533-2007, de fecha 12-12-2007, procedente de la Fiscalía Primera del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual informa a este Tribunal que fue decretado el Archivo Fiscal en la investigación Nº D21-5858-2007, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO: Se recibe oficio TR-1º-2259-2007, de fecha 02-08-2007, proveniente de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, mediante el cual PARTICIPAN INICIO DE INVESTIGACIÓN, seguida a los ciudadanos FRANKLIN GONZALEZ Y TOMAS GONZALEZ, con ocasión de la denuncia interpuesta por la ciudadana TORRES CARMEN RAMONA, por la comisión de uno de los delitos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-

SEGUNDO: Es el caso que el Tribunal una vez revisada la presente Solicitud se evidencia que la Fiscalía Primera del Ministerio Público de este Estado, presentó acto conclusivo relacionado con ARCHIVO FISCAL y como quiera que dichos ciudadanos no se encuentran bajo medida cautelar alguna, lo procedente en el presente caso con motivo del Archivo Fiscal decretado, sería decretar el Archivo Definitivo de las presentes actuaciones, así se decide.-.

Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 6 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de Ley; Acuerda la remisión de la presente Investigación para el Archivo Central, a los fines de su Archivo Definitivo en virtud del acto conclusivo de ARCHIVO FISCAL presentado por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, en la investigación Penal Nº D21-5858-2007, seguida en contra de los ciudadanos GONZALEZ ANDRADE FRANKLIN DARIO Y GONZALEZ JOSE TOMAS, en agravio de la ciudadana TORRES CARMEN RAMONA, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Remítase las actuaciones. Cierre la causa informáticamente.

La Juez de Control Nº 6

Abg. Fanny Elizabeth Teran Marquez


El Secretario

Abg Edgar Araujo