REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 17 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2004-001583
ASUNTO : TP01-S-2004-001583
Vista en audiencia oral y pública la presente causa, fijada para resolver el cese o mantenimiento de medida de seguridad en causa seguida al ciudadano: OSCAR ALI SAVEDRA APONTE CI 12939511, el Tribunal observa:

La Defensa


En audiencia, el defensor Nilda Andrade, solicitó:

“…la defensora solicito que se realizara la audiencia sin su defendido por ser esta una audiencia de revisión de medidas de seguridad..
Solicito ciudadana Jueza el cese de las medida impuesta a mi defendido por el tribunal penal de control No 01 de este Circuito, es todo”...”



El Ministerio Público

En audiencia, el Ministerio Público, representado por Ana Baptista, dijo:

“ Esta representación fiscal una vez revisado el expediente no se opone a el cese de la medida del penado OSCAR ALI SAVEDRA APONTE, es en virtud del oficio cursante en el folio setenta y nueve del expediente, es todo”. “



Motivación para decidir


El Tribunal, oída la exposición de las partes, acuerda: El cese de las medidas de seguridad impuestas en fecha 29-03-2004 por el Tribunal Penal de Control No 01 de este Circuito al ciudadano: OSCAR ALI SAVEDRA APONTE, Venezolano , mayor de edad y de cedula de identidad V-12.939.511, de conformidad con el articulo 514 del Código Orgánico Procesal Penal, visto el oficio de la Coordinación de Centros de Prevenciones y Tratamiento de drogas, donde el referido penado fue dado de alta en dicho centro cumpliendo con las actividades asignadas dicho Centro de Prevención.

Se acuerda notificar al penado del cese de las medidas de seguridad, quedando las partes notificadas.

Remítase la presente causa una vez conste la resulta de notificación archivo central para su cierre definitivo. . Así se decide.

Decisión.

El Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley decide: PRIMERO: El cese de las medidas de seguridad impuestas en fecha 29-03-2004 por el Tribunal Penal de Control No 01 de este Circuito al ciudadano: OSCAR ALI SAVEDRA APONTE, Venezolano , mayor de edad y de cedula de identidad V-12.939.511, de conformidad con el articulo 514 del Código Orgánico Procesal Penal, visto el oficio de la Coordinación de Centros de Prevenciones y Tratamiento de drogas, donde el referido penado fue dado de alta en dicho centro cumpliendo con las actividades asignadas dicho Centro de Prevención. SEGUNDO: Se acuerda notificar al penado del cese de las medidas de seguridad, quedando las partes notificadas. TERCERO: Remítase la presente causa una vez conste la resulta de notificación archivo central para su cierre definitivo.

Notifiquese al ciudadano OSCAR ALI SAVEDRA.


El Juez

El Secretario

Abg. Nathalia Cruz Cañizales