REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
197° y 148°
Su Juez Natural, abogado ROLANDO LAZARO QUINTANA BALLESTER, con Cédula de Identidad No.4.147.902, quien lo suscribe, y la Secretaria abogada MIREYA CARMONA TORRES, con Cédula de Identidad No.8.721.077, quien lo refrenda.

Actuando en Sede CIVIL, produce el siguiente fallo: Interlocutorio

Expediente: 22.562
SOLICITANTE: URBINA VILLEGAS PATRICIA CAROLINA Y VITORA ISAAC JOSE.
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS.
UNICA
Visto el auto de fecha 03 de Marzo de 2007, en el cual este Tribunal insta a la parte a consignar recaudos para pronunciarse sobre la admisibilidad o no de la presente Solicitud, y observando que hasta la presente fecha han transcurrido mas de seis (06) meses y la parte interesada ha omitido dicho cumplimiento, es por lo que aplicando el razonamiento analógico y dado lo dispuesto en el Artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, que establece: “La justicia se administrará lo más brevemente posible. En consecuencia, cuando en este Código o en las leyes especiales no se fije término para librar alguna providencia, el Juez deberá hacerlo dentro de los tres días siguientes a aquél en que se haya hecho la solicitud correspondiente” (Cursivas y negrillas de este Tribunal).
Este Juzgado considera que ha habido un decaimiento en el interés de la parte en continuar tramitando la presente Solicitud, en consecuencia, lo procedente es Ordenar el Archivo de la presente causa. Así se decide.
Sin embargo, esta decisión no impide a la parte que intente nuevamente la solicitud, cuando a bien tenga hacerlo, sin necesidad de esperar lapsos procesales para ello, ante el Juzgado Distribuidor de causas.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA EL ARCHIVO DE LA PRESENTE CAUSA. Anótese su salida. Publíquese y Cópiese.- Dada, firmada y sellada en la Sede donde despacha el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en Trujillo, a los treinta y un (31) días del mes de Enero del año dos mil ocho (2008). Años: l97° de la Independencia y 148º de la Federación.
Juez Titular,

Abg. Rolando Quintana Ballester

La Secretaria,


Abg. Mireya Carmona Torres.

En la misma fecha, cumplidas las formalidades de Ley se publicó el anterior fallo siendo las: ______

La Secretaria,


Abg. Mireya Carmona Torres.

RQB/MCT/VA