REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
VALERA, 22 DE ENERO DE 2008.-
197º y 148º.

Vista la diligencia inserta al folio 05 y su vuelto, mediante la cual el ciudadano: HUMBERTO MATHEUS RIVAS, asistido por el Abogado CARLOS MUÑOZ NAVA, Inpreabogado N° 78.118, desiste del procedimiento de la demandada de Divorcio; se le da el curso de Ley. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Obligación Alimentaria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, declara terminado el presente proceso, en aplicación de los Artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Archivo del Expediente.

LA JUEZA TEMPORAL,

ABOGADA LUZ SALOME MATHEUS Q.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABOGADO KATIUSKA GONZALEZ.
LSMQ/y.c.l
Expediente Nº 27.154.-