…GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.
Trujillo, 21 de enero de 2008
197° y 148°
Vista la solicitud que antecede, presentada por el ciudadano José Ramón Castellanos Briceño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.017.291, domiciliado en la calle Buen Pastor, casa N° 2-43, sector Santa Rosa, Parroquia, Cristóbal Mendoza, Municipio Trujillo, estado Trujillo, asistido por el abogado en ejercicio Armando José Briceño Fernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44543, mediante la cual solicita de este Tribunal, se le declare a su persona, como único y universal heredero de la de cujus Maria Magdalena Castellano Briceño, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.268.047, quien falleció en fecha veintiocho (28) de septiembre del año 2007, en el Hospital José Gregorio Hernández de la, Parroquia Cristóbal Mendoza, Municipio Trujillo, estado Trujillo, según consta del acta de defunción expedida por la oficina de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nº 221, la cual cursa al folio ocho (08) del expediente. Ahora bien, este tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: acta de defunción de la causante Maria Magdalena Castellanos Briceño, justificativo de testigos evacuados por ante por ante el Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la, Circunscripción Judicial del estado Trujillo.
En este estado, procede este juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1) Justificativo de testigos, donde declararon los ciudadanos: Rosa Elena Vásquez de Raga y José Estanislao Hernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.521.953 y 1.317.979 respectivamente, quienes manifestaron que conocieron de vista, trato y comunicación a la de cujus Maria Magdalena Castellanos Briceño, que saben y les consta que la ciudadana Maria Magdalena Castellanos Briceño, falleció el día 28 de septiembre de 2007, que es cierto que su estado civil era soltera y no dejo descendencia alguna, que les consta que la extinta Maria Magdalena Castellanos Briceño, si estaba pensionada como obrera de la Universidad Central de Venezuela e igualmente que es cierto que ella cubría sus gastos con la pensión que devengaba, que es cierto que el único familiar que estaba pendiente de prestarle sus atenciones y el afecto familiar, era su hermano José Ramón Castellanos Briceño, que le consta que el domicilio de la de cujus Maria Magdalena Castellanos Briceño, era el mismo de su hermano José Ramón Castellanos Briceño, la cual esta ubicada en la siguiente dirección: Calle Buen Pastor, Sector Santa Rosa, casa Nro. 2-43, de la Parroquia Cristóbal Mendoza del Municipio Trujillo, estado Trujillo, y que son sus vecinos por muchos años, tal y como alegó el solicitante dichos testigos le merecen fe a este juzgador toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMO ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la de cujus Maria Magdalena Castellanos Briceño, quien falleciera ab-intestato en fecha 28 de septiembre de 2007, según consta del acta de defunción expedida por la, oficina de registro civil de la Alcaldía del Municipio Trujillo del estado Trujillo, al ciudadano: José Ramón Castellanos Briceño, en su condición de hermano de la causante Maria Magdalena Castellanos Briceño. Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto. Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el archivo del Tribunal.
El Juez Titular,

Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La…

…Secretaria Titular,


Abg. Diana Isea Briceño.



AGP/smvv.-