Trujillo, 17 Enero del 2008

DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS

SOLICITANTE: ZORAIDA JOSEFINA LUGO
MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA ESTERILIZARSE
EXP: 16402.
SINTESIS

El presente procedimiento se inicia mediante solicitud de autorización para esterilizar realizada por la ciudadana: ZORAIDA JOSEFINA LUGO, titular de la cédula de identidad Nº 13.745.751, quien actúa en representación de la adolescente BRIGGITTE COROMOTO LUGO, de15 años de edad, venezolana, , quien se encuentra recluida en el Servicio Autónomo de Protección De Niño, Niño y Adolescente Trujillano (SAPNNAT) Casa Hogar Adolescentes Hembras.

Una vez vista la petición de autorización para esterilizar formulada por la ciudadana: ZORAIDA JOSEFINA LUGO, mediante la cual manifiesta el estado mental de la adolescente BRIGGITTE COROMOTO LUGO, para solicitar tal petición el Tribunal procedió a solicitarle al Servicio Autónomo de Protección De Niño, Niño y Adolescente Trujillano (SAPNNAT) Casa Hogar Adolescentes Hembras, practicara la evaluación Psiquiatrita respectiva a la referida adolescente arrojando como resultado un diagnostico clínico de problemas psicológicos con un funcionamiento intelectual por debajo del promedio, visto este resultado el Tribunal considera pertinente el otorgar la autorización pedida, ya que la mencionada adolescente no está en condiciones mentales ni físicas, para enfrentar en un futuro un embarazo u otra situación relacionada con el sexo.


DISPOSITIVA
El Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Sala de Juicio Nro. 02, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:

Primero: Se Autoriza a la ciudadana: : ZORAIDA JOSEFINA LUGO, ya identificada para someter a una esterilización quirúrgica a la adolescente BRIGGITTE COROMOTO LUGO Entréguesele copia certificada de la presente autorización, a fin de que la presente ante la autoridad médica competente.-

Segundo: Provéase y ofíciese lo conducente.


La Juez Provisoria El Secretario

Abog. Alejandrina Rivas Ruiz Abog. Jorge Enrique León

En esta misma fecha se publicó el presente fallo siendo 1:25 p.m., dejando copia de la misma en el copiador.-



El Secretario


Abog. Jorge Enrique León Alburjas



AARR/JELA/mtb.-
EXP: 16402