REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
197º y 148º
Trujillo, 16 de Enero de 2008


ASUNTO Nº TP11-L-2007-000367

Visto el escrito presentado y suscrito en fecha 15 de enero de 2008 por la Apoderada judicial de la empresa CENTRAL AZUCARERO TRUJILLO S.A., Abogada LILIAM BERTINATO, inscrita en el IPSA bajo el N- 114.859, donde solicita la acumulación en razón de la conexidad de asuntos, este Tribunal pasa a decidir en los términos siguientes: Primero: Del estudio de escrito presentado, se observa que la parte solicitante manifiesta “…que se sustancian mas de cien expedientes sometidos al conocimiento de los cinco juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución…”, sin señalar cuales asuntos se refiere (número de expediente en concreto) así como no señala las partes que intervienen, igualmente no hace referencia a la causa continente (asunto al que se le debe acumular otro asunto) y la contenida (asunto acumulado), ni señala a que Tribunal se debe acumular los asuntos, por lo que presenta indeterminación de los asuntos a acumular creando inseguridad jurídica; por las razones anteriormente expuestas este Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara Sin Lugar la solicitud planteada por la demandada CENTRAL AZUCARERO TRUJILLO S.A., a los efectos de garantizar el debido proceso contenido en el art. 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Publíquese.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,

ABG. YULIBETT CALDERÓN DURÁN.

LA SECRETARIA

ABG. YOLIMAR COZ