REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veinticinco de enero de dos mil ocho
197º y 148º


SENTENCIA



ASUNTO Nº TP11-L-2007-000577
PARTE ACTORA: KATRISA YASMILE PORTILLO MENDOZA
ABOGADO ASISTENTE PARTE ACTORA: YOLEIDA C. DURAN PEÑA
PARTE DEMANDADA: EXPOR MUEBLE VALERA C.A
REPRESENTANTE LEGAL PARTE DEMANDADA: MILQUEZ GREGORIO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veinticinco de enero de dos mil ocho, siendo las 10:37 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, en el momento en que el alguacil hizo el llamado a las puertas del Tribunal, deja constancia de la incomparecencia; se deja expresa constancia de que la parte actora la ciudadana KATRISA YASMILE PORTILLO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.053.252, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.
EL JUEZ,


ABG. NELSON BRAVO MATERANO
LA SECRETARIA,

ABG. EGLEIDA RUIZ