REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE JUICIO
Barquisimeto, 30 de Enero del 2008
Años: 197º y 148º


ASUNTO: KP01-P-2006-007114

Visto el oficio Nº Archivo 58-210-01010, de fecha 08 de enero de 2008, por parte del Coronel Freddy Hernández Parababi, comandante del 84 comando de apoyo logístico General de división Mariano Montilla, Fuerte Terepaima, así como el escrito presentado por el abg. Rodrigo Quijada, en el cual solicitan el traslado de los imputados HECTOR ANTONIO LOPEZ y RICARDO ANTONIO LACRE RUIZ, para la oficina del Banco Industrial de Venezuela, ubicado en la sede de la 13º brigada de infantería, a fin de que realicen trámites relacionados con la cuenta nomina.

Revisado como ha sido el presente asunto, la audiencia preliminar de fecha 28 de septiembre de 2007, en el cual se decreto la inmovilización de las cuentas bancarias con la excepción de que dicho decreto, no recae sobre las cuentas bancarias de pago nomina, es por lo que este tribunal considera mas pertinentes, trasladar a los imputados HECTOR ANTONIO LOPEZ y RICARDO ANTONIO LACRE RUIZ, para efectuar los tramites de su cuenta nomina en el banco Industrial.


En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio No.4, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley; Acuerda trasladar a los imputados HECTOR ANTONIO LOPEZ y RICARDO ANTONIO LACRE RUIZ, para efectuar los tramites de su cuenta nomina en el banco Industrial de Venezuela ubicado en la 13 Brigada de Infantería de esta ciudad para el día 04 de febrero de 2008. Es todo. Regístrese, Notifíquese, Cúmplase lo ordenado.

EL JUEZ DE JUICIO No.4,

ABG. JORGE QUERALES LA SECRETARIA