REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: KP02-S-2007-018363
Vista la solicitud presentada por el ciudadano GUILLERMO ANTONIO LLAQUE ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.075.699, de este domicilio, asistido de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicado en el Sector Los Corales II, Parroquia Buria, Municipio Simón Planas del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, el cual tiene una extensión de terreno de VEINTE HECTÁREAS (20 HC); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Terrenos de los Vegas; SUR: Terrenos de Marcelo Peraza; ESTE: Terrenos de Alfredo Pérez; y OESTE: Terrenos de Oscar Perez y Marcelo Peraza. Dichas bienhechurías consisten en un (1) baño, una (1) sala-recibo, una (1) cocina, dos (2) habitaciones, toda en bloque de cemento con friso y techo de zinc, piso de concreto pulido, dos puertas y dos ventanas de metal. El valor invertido es la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 15.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: ALVARADO JOSÉ Y PRADO PASTOR, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano GUILLERMO ANTONIO LLAQUE ABREU, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez,
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria Acc,
Eliana Hernández Silva
MJP/dmg
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