DEMANDANTE: MUJICA HERNANDEZ ENRIQUE JOSE, titular de la cèdula de identidad Nº 11.263.832.
DEMANDADO: RODRIGUEZ CABRERA EDDIE RICHA, titular de la cèdula de identidad Nº12.442.437
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA)
EXPEDIENTE: 8015-08
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. C arora, 25 de Enero de 2.008.-.
197º y 148º
Vista la declaración realizada por el Apoderado actor y Habilitado y Jurado como ha sido la urgencia del caso realizado por el Abogado JOSE MARCELINO GIL LUCENA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 9.573.687, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 68.424, actuando en nombre y representación del ciudadano ENRIQUE JOSE MUJICA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.263.832, según documento debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Segunda de Barquisimeto, bajo el Nº 41, Tomo Nº 07, de fecha 15 de Enero de 2.008; este Tribunal lo da por terminado el presente juicio y ordena la devoluciòn de los originales consignados, así como el poder y el instrumento cambiario dejando en lugar copias certificadas.
El Juez Titular


Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
El Secretario


Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO
En…/


esta misma fecha se registra bajo el N° 56-2.008, se publica siendo las 9:45 a.m, se expide una copia certificada y se archivo.
El Secretario,

Abg.JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR

Exp. Nº 8015-08.hm1.