Riela del folio veintiséis (26), escrito consignado por JUAN CARLOS RODRIGUEZ SALAZAR, en su condición de Apoderado Judicial de los ciudadanos: ROBERTO FIGUEROA y JOSE FIGUEROA, titulares de las cedulas de identidad Nros 55.429.930 y 9.269.646, respectivamente, parte actora del presente juicio y por la Firma Mercantil “Peluquería Infantil Winnie Pooh y sus Amigos” C.A., representada por su Directora Gerente, ciudadana: HILDA ENCRANACION RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.377.477., en el cual realizan transacción, cancelando a la parte actora la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 6.320.000,00) en efectivo, que es el valor total de los cánones de arrendamientos adeudados, el cual es aceptado por la parte actora, y solicita la homologación de la presente transacción., así como también dejaron que el 01-02-2008 se suscribirá un nuevo contrato de arrendamiento por un año fijo, en el que se establezca que el canon de Arrendamiento a pagar es la cantidad de NOVECIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 920.00,00) mensuales, los cuales deberán ser pagados de la siguiente manera: la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 3.680.000,00) al momento de la Firma del Contrato, equivalente a los primeros cuatro meses, el 01-06-2008, la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 3.680,00), equivalente a los meses de Junio, Julio, Agosto y Septiembre., y por ultimo el 01-10-2008 la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 3.680,00) equivalente a los últimos cuatro meses del año. Seguidamente el Inquilino aceptó la proposición.-