REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 197º y 148º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2007-001152

PARTE DEMANDANTE: CARLOS ENRIQUE CHANG RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.244.177
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: SILENE GIMENEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 90.131
PARTE DEMANDADA: FARMACIA LA ROTARIA, S.R.L.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO ADOLFO ANZOLA LOZADA, JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO, MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO; inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 680, 29.566 y 31.267, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 10 de enero de 2008 siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece por la parte demandada, FARMACIA LA ROTARIA, S.R.L el abogado JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 29.566 apoderado judicial de la misma; El tribunal deja constancia que la parte demandante CARLOS ENRIQUE CHANG RODRIGUEZ, no hizo acto de presencia ni por sí, ni por intermedio de su apoderada judicial Abogada SILENE GIMENEZ, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

La Juez,



Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,



Abg. Jennys L. Nieto Sánchez

Parte demandada