REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TIRBUNAL CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
TRIBUNAL DE JUICIO N° 4

Trujillo, 25 de febrero de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2006-000555
ASUNTO : TP01-P-2002-000555

Visto el escrito presentado por el Defensor Público Penal, abogado OSCAR COLMENARES, en representación del acusado JOSE GREGORIO GUERRERO MATHEUS, mediante el cual solicita se autorice el traslado de dicho recluso a un centro hospitalario, este Tribunal resuelve lo siguiente:
Efectivamente, solicita el Defensor Público Penal, abogado OSCAR COLMENARES, el traslado del acusado JOSE GREGORIO GUERRERO MATHEUS, a un centro hospitalario de la ciudad de Trujillo, a los fines de que reciba tratamiento médico por cuanto el mismo ha manifestado presentar bronquitis, este juzgador, en consideración a que dentro de las funciones jurisdiccionales está el garantizar que los procesados, reciban la atención médica adecuada y oportuna cuando así lo ameriten y atendiendo a que la solicitud obedece a la necesidad de atención médica especializada, con base a lo establecido en el artículo 41 de la Ley de Régimen Penitenciario, y que siendo el lugar de reclusión no cuenta asistencia especializada requerida, se estima procedente ordenar el traslado inmediato al JOSE GREGORIO GUERRERO MATHEUS, al Hospital Jose Gregorio Hernandez de Trujillo con el carácter de urgencia a los fines de que se le practique evaluación médica y de ser necesario tratamiento médico, así mismo una vez cumplido ello deberá ser trasladado con dicho informe nuevamente a la medicatura forense a los fines de que se levante informe médico forense sobre la condición de salud del acusado.
En consecuencia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 41 de la Ley de Régimen Penitenciario y numeral 3° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, autoriza el traslado desde la sede del Internado Judicial de Trujillo del recluso JOSE GREGORIO GUERRERO MATHEUS, al Hospital Jose Gregorio Hernandez de Trujillo con el carácter de urgencia a los fines de que se le practique evaluación médica y de ser necesario tratamiento médico, así mismo una vez cumplido ello deberá ser trasladado con dicho informe nuevamente a la medicatura forense a los fines de que se levante informe médico forense sobre la condición de salud del acusado. Cúmplase.
El Juez de Juicio Nº 04,

MIGUEL HERNÁNDEZ SALINAS
La Secretaria,

RUTH MARY PEÑA BRICEÑO.