REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DELE STADO TRUJILLO
Tribunal de Ejecucion Sección Adolescentes
TRUJILLO, 1 de Febrero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2004-010654
ASUNTO : TP01-S-2004-010654
Revisada como ha sido la presente causa, donde aparece como sancionado el adolescente ____ quien fué sometido a las medidas de libertad asistida y reglas de conducta, sanción que debió concluir el día 31-03-08.
La referida medida ha sido cumplida por el adolescentes como se evidencia de los recaudos presentados al Tribunal en el mismo día de hoy.
Este Tribunal para decidir sobre la cesación de la medida, observa:
1) Consta de autos que el adolescente fue sometido a las Medidas de Imposición de Reglas de Conducta simultáneamente con la Medida de Libertad Asistida por el lapso de Cuatro (04 Meses y Quince (15) Días, siendo las Reglas de Conducta: 1.-Prohibición de acercarse a la víctima y a sus familiares; 2.- Mantenerse trabajando o estudiando consignando las correspondientes constancias y 3.- Presentarse ante el CECOFAS de Bocono, la misma se inició en fecha 17 de Septiembre del año 2007, finalizando la misma en fecha 31 de Enero del año 2008.
2) Corresponde a éste Tribunal conforme a lo establecido en el literal "h" del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: "Decretar la cesación de la medida", una vez cumplida la sanción, conforme a lo señalado en literal anterior.
Por las razones y fundamentos de ley ya expuestos este TRIBUNAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA CESACION DE LA MEDIDA que le fué impuesta al ciudadano: ____venezolano, de 16 años de edad, soltero, nacido en fecha ____Portador de la Cédula de Identidad N° ____ hijo de ____ y ____con residencia en ____ a quien se designo como defensa la abogada Odalis Flores Blanco, Defensora Pública N° 03 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, al adolescente sancionado y a las otras partes que se determinan en el presente caso, así como al CECOFAS BOCONO, poniendo cese a las presentaciones. Líbrense las boletas de notificación, cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ DE EJECUCION No-1
Abg. JESUS AMADO RIVERO ALVAREZ
La Secretaria,
Ab.Yrliana David Carmona
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
TP01-S-2004-010654