REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO
Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes
TRUJILLO, 8 de Febrero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-D-2006-000457
ASUNTO : TP01-D-2006-000457
RESOLUCION DE AUDIENCIA ESPECIAL Y REFORMA DEL COMPUTO DE LA SANCION:
Para realizar una audiencia especial motivado a la presentación de un sancionado que declarado en rebeldía le fue dictada orden de captura; se hizo presente en la Sede del Tribunal de Ejecución Nº 01 Sección Adolescentes, el Abogado JESUS AMADO RIVERO ALVAREZ, ante quien se presentó el adolescente sancionado: ___ venezolano, soltero, de 17 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° ____natural de Valera, Estado Trujillo, nacido el ___ grado de instrucción: 1er año, hijo de: ____ y ____ con residencia en ____acompañado de su representante:____ y se Defensora Pública N° 03 Abogada Odalis Flores, solicitó ser oído por el Tribunal con ocasión a la orden de captura que se le librara por éste Tribunal en fecha 06-08-07, una vez que fuera declarado en rebeldía debido a su evasión del CRA Varones Carmania, producida el día sábado 04-08-07.
El Juez Abg. Jesús Amado Rivero solicitó a la Secretaria, Abg. María Alejandra Moreno, levantar el acta de lo ocurrido en ésta audiencia especial y seguidamente otorgó el derecho de palabra al adolescente ____y cedida expuso: “Vengo a presentarme y a señalar que yo estaba cansado de tanta tabla que le dan a uno, que me daban con una tabla por la mano, porque uno a veces se portaba mal pero esa no es la razón de pegale a uno, y porque los maestros cuando llegan arrechos quieren peliar con uno así, más nada”, es todo. Estando presente la Defensora Pública, Abg. Odalis Flores, pidió al ciudadano Juez que una vez que conste el resultado del informe medico practicado a su defendido, donde se refleje el estado de salud de su representado antes de ingresar al Centro de Internamiento Varones, sea considerado, por ultimo solicitó al Tribunal verifique si efectivamente existen maltratos de parte del personal que allí labora”.
Seguidamente, oídas las anteriores exposiciones y ante la presentación del adolescente sancionado, éste TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: 1) El traslado del adolescente ____ al Centro de Responsabilidad Adolescentes Varones Carmania, a los fines de que continúe cumpliendo la sanción. Se ordena dejar sin efecto la orden de captura librada. Ofíciese al Director del Centro de Responsabilidad Adolescentes Varones Carmania, informando lo conducente. Ofíciese al departamento Policial No.38, a fin de que lo traslade al CRAV. Se acuerda la notificación del Ministerio Público, acerca del contenido de la presente acta. 2) Reformar el cómputo de la sanción, tomando en cuenta el lapso de seis (06) meses cuatro (04) días transcurridos desde el día de la evasión (04-08-07) hasta el día de hoy, por lo que conforme a la ultima parte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, traído por aplicación del aparte único del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, procede a establecer como fecha de culminación de la medida el día veintidós (22) de Diciembre de dos mil nueve (2009). Notifíquese de ésta resolución al Ministerio Público, al adolescente sancionado y a su defensora, a los fines de que hagan las observaciones a que consideraren procedentes dentro del lapso de cinco (05) días siguientes al que conste en autos la notificación de las mismas, tal como lo señala el aparte primero del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión que hace el aparte único del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Una vez definitivo el cómputo, se remitirá al Director del CASEV-Carmania. Líbrense las boletas de notificación, cúmplase lo ordenado. Déjese constancia de la presente Resolución.-
El Juez de Ejecución
Abg. JESUS AMADO RIVERO ALVAREZ
La Secretaria,
Abg. María Alejandra Moreno M.
TP01-D-2006-000457