REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de febrero de dos mil ocho
197º y 148º


ASUNTO: KH02-X-2007-000119


Vista la INHIBICION planteada por la ABG. MARILUZ JOSEFINA PEREZ, en su condición de Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante la cual manifiesta que revisadas las actuaciones en el asunto N° KP02-V-2007-000728, observa que se INHIBE de conocer dicho asunto, contentivo de juicio de ACCION MERO DECLARATIVA, seguido por el ciudadano EDGAR FIDEL LOYO TERAN y la empresa COLTELVEN, C.A., en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL MI CASITA, C.A., por cuanto actúa el Abogado ARGENIS C. ESCALONA CORTEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.908, por haber declarado la enemistad manifiesta hacia dicho profesional del derecho, lo cual está previsto como causal de inhibición en el ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Alega la Juez Inhibida que se le ha declarado CON LUGAR en otras oportunidades y anexó recaudos los cuales corren insertos a los folios 03 al 10, ambos inclusive, del presente asunto.

En virtud de lo expuesto por la Juez Inhibida y los recaudos acompañados en apoyo de la misma, aún cuando dicha causal la releva de pruebas, se DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por estar hecha en forma legal y fundamentada en causal que la hace procedente. En consecuencia, remítase copia certificada de esta sentencia con oficio a la Juez Inhibida y a los Juzgados Superior Primero Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, Superior Tercero Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara y Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con oficio a través de la URDD CIVIL y oportunamente las presentes actuaciones al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, ya que allí cursa la causa principal, signada con el N° KP02-V-2007-000728.

Publíquese, Regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, en Barquisimeto a los Dieciocho (18) días del mes de Febrero de 2008.

EL JUEZ TITULAR


ABG. JOSE ANTONIO RAMIREZ ZAMBRANO

LA SECRETARIA

ABG. MARIA CAROLINA GOMEZ DE VARGAS


Publicada en su fecha, a las 12:20 p.m. Expediente N° KH02-X-2007-000119. Seguidamente se remitieron las copias certificadas, conforme a lo ordenado con los Oficios Nros: 069/2008, 070/2008, 071/2008 y 072/2008, a través de la URDD con Oficio N° 068/2008.

LA SECRETARIA

ABG. MARIA CAROLINA GOMEZ DE VARGAS