REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

Revisada la presente causa, el Tribunal observa:

La Fiscalía

En sala, el Ministerio Publico, representado por Fernando Soto, dijo en resumen:
“quien solicitó se le libre orden de captura. “

La Defensa
La defensa, Yelitza Baptista: “se opone “.

Motivación para decidir

Visto que se esta en presencia de un delito que merece pena privativa de libertad cuya acción no esta evidentemente prescrita, elementos de que es autor del hecho imputado, que sirvieron al fiscal para presentar escrito acusatorio, y el comportamiento del imputado de no comparecer a la presente audiencia preliminar estando debidamente notificado y advertido de las consecuencias de su falta Decreta de conformidad con los artículos 250 y 251 numeral 4 del Código orgánico procesal penal, medida de privación de libertad, quedando revocada cualquier medida decretada a su favor

Decisión

El Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Visto que se esta en presencia de un delito que merece pena privativa de libertad cuya acción no esta evidentemente prescrita, elementos de que es autor del hecho imputado, que sirvieron al fiscal para presentar escrito acusatorio, y el comportamiento del imputado de no comparecer a la presente audiencia preliminar estando debidamente notificado y advertido de las consecuencias de su falta Decreta de conformidad con los artículos 250 y 251 numeral 4 del Código orgánico procesal penal, medida de privación de libertad, quedando revocada cualquier medida decretada a su favor.


El Juez

El Secretario

Abg. Nathalia Cruz Cañizales