El Tribunal observa:
 
 
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
 
 
El Tribunal,  revisada la resulta de boleta de notificación en la cual informan que dicha ciudadano falleció, por lo que se procedió a revisar el Sistema Juris 2000 y se constato en la causa No. TJ01-X-2003-37, que en fecha  17 de Marzo de 2005 el Tribunal de Ejecución 01, dicto resolución basada en Copia Certificada del Acta de Defunción y Certificado Medico suscrito por el Dr. Benigno Velásquez, decretando la extinción de la Pena al ciudadano JUAN CARLOS GUARAPANA, titular de la cedula de identidad No. 17.265.536, por cuanto el mismo falleció en fecha 10-10-2004 en el Hospital Pedro Emilio Carrillo a consecuencia de Asfixia Bronco Aspiración Sanguínea, Perforación de Bronquio Principal, Herida por Arma de Fuego. Por lo que este Tribunal de Control ,  Declara la Extinción de la Acción Penal , al ciudadano JUAN CARLOS GUARAPANA, titular de la cedula de identidad No. 17.265.536, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, prevista y sancionado  en el artículo  277 de Código penal, en agravio Orden Publico, de conformidad con los artículos 103 del Código Penal y 48.1  y 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Notifíquese al Defensor Privado de la presente decisión. TERCERO: Remítase la causa a Archivo Judicial para su archivo definitivo.  Así se decide.
 
 
DECISIÓN
 
 
Este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara la Extinción de la Acción Penal , al ciudadano JUAN CARLOS GUARAPANA, titular de la cedula de identidad No. 17.265.536, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, prevista y sancionado  en el artículo  277 de Código penal, en agravio Orden Publico, de conformidad con los artículos 103 del Código Penal y 48.1  y 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Notifíquese al Defensor Privado de la presente decisión. TERCERO: Remítase la causa a Archivo Judicial para su archivo definitivo
 
Regístrese. Notifíquese a las partes. Remítase INMEDIATAMENTE al archivo Central.
 
 
Abg. Nathalia Cruz Cañizales
 
Jueza Titular de Primera Instancia en lo Penal del Circuito 
 
Judicial Penal del Estado Trujillo en funciones de Control Numero 1
 
 
 
	
 
Secretario
 
 
 
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