REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRUJILLO, 18 de julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-003302
ASUNTO : TP01-P-2008-003302
ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL
En la ciudad de Trujillo, el día de hoy dieciocho (18) de Julio de 2008, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar La Audiencia Especial, en la presente causa, se constituyó este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo de la abogado Juleny Rosas, acompañado de la Secretaria de sala Abg. Maria Alejandra Moreno, a los fines de dar inicio al acto se verifica la presencia de las partes encontrándose presentes: el Defensor Público Oscar Colmenares, el imputado Hernán Antonio Torres Vinaja no se encuentra presente el Fiscal II de Ministerio Publico, por lo que se acordó un lapso de espera por (30) minutos. Vencido el lapso, siendo las 09:30 a.m., se verifica la presencia de las partes encontrándose presentes: el Defensor Público Oscar Colmenares, el imputado Hernán Antonio Torres Vinaja y el Fiscal II de Ministerio Publico Abg. Lenin Terán. Acto seguido la Juez explica la importancia y significación del presente acto. Seguidamente la Juez le concede la palabra al Defensor Abg. Oscar Colmenares quien manifestó: solicito al Tribunal se le fije un lapso prudencial de 30 días a los fines de que la representación fiscal presente el respectivo acto conclusivo, en la investigación que se le lleva a mi representado. Es todo. Se le concede la palabra al Ministerio Público quien expreso: En la presente investigación signada con el Nº D21-2564-2005, el despacho Fiscal ya presentó acto conclusivo (causa Nº TP01-P-2005-2831) en contra de otro ciudadano que resultó ser imputado, pues de la investigación se determinó que el ciudadano Hernán Torres fue testigo presencial, por lo que solicita se declare improcedente la solicitud de la defensa. Seguidamente se le concede la palabra al Imputado Hernán Antonio Torres Vinaja, titular de la cedula de identidad Nº 5765724, Venezolano, mayor de edad, domiciliado: sector Mesa Colorada, Parte Alta, a cien metro de la bodega “casa amarilla”, Santa Rosa, hijo de Casimiro Torres y Balbina Vinaja de Torres, no sin antes imponerlo del precepto constitucional establecido en el Artículo 49 Ord. 5to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela quien expuso: “no tengo nada que declarar”. La Juez vista las Exposiciones de las partes ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: observa que efectivamente por el sistema iuris la presente investigación signada con el Nº D21-2564-2005, la Fiscalía Segunda del Ministerio Público ya presentó acto conclusivo en la causa Nº TP01-P-2005-2831, que actualmente se encuentra en la fase de ejecución de sentencia, en contra de otro ciudadano de nombre Hugo Rey Escalona, que resultó ser imputado, pues de la investigación se determinó que el ciudadano Hernán Torres fue testigo presencial, sin embargo, este Tribunal a los fines de salvaguardar el derecho a la defensa del ciudadano Hernán Torres, considerando que el mismo rindió una declaración como investigado, estima procedente fijar un término de TREINTA (30) DÍAS para que la Fiscalía del Ministerio Público presente un acto conclusivo en la presente causa, seguida al ciudadano Hernán Antonio Torres Vinaja de conformidad con el artículo 313 del Código orgánico Procesal Penal, lapso que se vence el día 19-09-08 a las 12:00 horas. Así mismo ser le informa a las partes que la presente decisión contiene el auto fundado de la misma, por tanto a partir del día siguiente hábil de despacho comenzara a correr el lapso para interponer cualquier recurso. La presente resolución se basa en los artículos 1, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 313 y 314 del Código orgánico Procesal Penal y los artículos 2, 3, 26 y 257 constitucionales, quedando las partes notificadas. Terminó siendo las 9:50 a.m., se leyó y conformes firman.
La Juez de Control Nº 04
El Fiscal II

Abg. Juleny Rosas La Defensa


El Investigado

La secretaria
Abg. Maria Alejandra Moreno