REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 28 de julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-004490
ASUNTO : TP01-P-2008-004490
VISTO Y RECIBIDO ESCRITO, CONSTANTE DE (01) FOLIO ÚTIL, PROCEDENTE DEL IMPUTADO PAOLO EMILIO MELEAGA SEGOVIA, ASISTIDO POR EL ABOGADO ALFREDO SEGOVIA, MEDIANTE EL CUAL SOLICITA AL TRIBUNAL SE DECRETE LA CONEXIDAD DE LOS DELITOS QUE SE LE IMPUTAN EN LA PRESENTE CAUSA Y EN LA CAUSA Nº TP01-P-2008-3439 SEGUIDA ANTE EL JUZGADO DE CONTROL 5, este Tribunal estando dentro del lapso legal pasa a pronunciarse de la siguiente manera.
Señala la defensa que por ante este Circuito Judicial Penal , el imputado presenta otra causa ante el Tribunal en funciones de Control Quinto, ahora bien, el ciudadano: Paolo Emilio Melega Segovia, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 28/11/1984, de 23 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.424.227 ( mostró la cédula de Identidad), de ocupación estudiante de cuarto año de ciencias en el Liceo “Mario Briceño Iraggorry”, Valera, hijo de Imelda Segovia y oscar Melo, residenciado en Carmona, Quinta Benedita, más debajo de la capilla, Parroquia matriz, municipio Trujillo, estado Trujillo; en la comisión del delito de Aprovechamiento de vehiculo proveniente del delito de hurto, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de vehiculo Automotor en agravio Edixon Torres. del artículo 253 del Texto Penal Adjetivo, por los hechos ocurridos en fecha Siendo las 04:00 horas de la tarde del día Viernes 27 de Junio de 2008, no obstante ante la presente solicitud de acumulación de causa, en virtud de que el imputado tiene otra causa por otro Tribunal de Control Nº 05 este Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, por la presunta comisión del delito de Porte lícito de arma de Fuego, lo mas ajustado a derecho es que administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda solicitar información por ante el Tribunal de Control Nº 05 de este Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, EN LA CAUSA Nº TP01-P-2008-3439, a los fines de establecer la situación jurídica y procesal en la que se encuentra esa causa y una vez que conste dicha información , poder esta juzgadora en base a la información obtenida establecer la competencia, y decidir conforme y ajustado a derecho, por lo que se ordena a la secretaria oficiar al Tribunal de Control Nº 05 de este Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, EN LA CAUSA Nº TP01-P-2008-3439, cúmplase.
El Juez de Control Nª 04
El Secretario
Abg. Juleny Rosas Bravo
Abg. Maria Moren