REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 29 de julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-004493
ASUNTO : TP01-P-2008-004493
En la ciudad de Trujillo, el día de hoy, 29 de julio del 2008, siendo la 8:30 a.m. se hizo presente la ciudadana Juez Abg. Juleny Rosas Bravo, quien solicitó a la Secretaria, Abg. Sandra Espinoza barrios A LOS FINES DE REALIZAR AUDIENCIA DE SOLICITUD DE PRORROGA PARA PRESENTACIÒN DEL ACTO CONCLUSIVO, de conformidad con el articulo 250 en su cuarto a parte del Código Procesal Penal, que verificará la presencia de las partes, encontrándose presentes: El defensor público Rigoberto González Báez, la Fiscal Sexta del Ministerio Publico Elizabet Amatucci, la victima Carmen Aurora Daboín Castellanos, no se encuentra presente el Imputado VALERA CABRERA ARGENIS RAFAEL, quien según acta de fecha 25-07-08 se negó a ser trasladado a la audiencia a celebrarse ese día, según lo señaló los funcionarios de la guardia nacional al jefe de Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal, asimismo el día de ayer 28-07-08 el imputado no fue trasladado, por cuanto, según información de la asistente del Director del Internado Judicial ciudadana María Alejandra Betancourt en ese Centro se realiza ese día requisa por parte de funcionarios de la Guardia Nacional de Caracas y no es posible realizar el traslado , por lo que la Juez acordó realizar nuevamente llamado telefónico al Internado Judicial recibiendo como respuesta que ayer no era posible realizar el traslado del imputado por cuanto la requisa se realizará por todo el día y en esta fecha siendo las 9:40 a.m. no se ha recibido el traslado del imputado , por lo que se concedió un lapso prudencial de espera ; Siendo las 9:45 a.m. se reanudo el acto y encontrándose las partes esenciales para la realización de la audiencia al no haberse recibido el traslado del imputado quien según información recibida directamente del Jefe de Régimen Lugo Antonio el imputado presentó una actitud agresiva y desaseada y se negó a ser trasladado . En consecuencia La Juez informó a los presentes que la audiencia se realizará sin la presencia del imputado quien esta debidamente representado por su abogado Rigoberto González. Cedida la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, expuso: que de conformidad con el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerde la prórroga de 15 días para dictar acto conclusivo, por cuanto no se han recibido resultados del protocolo de autopsia, la experticia de reconocimiento legal hematológica y comparación hematológica, así como la experticia psiquiátrica forense del imputado, asimismo solicito se fije audiencia para la prueba anticipada solicitada el día de ayer 28-07-08. La Juez concede el derecho de palabra a la Defensa Pública expuso: No me opongo a la prorroga solicitada por el Ministerio Publico en virtud que dentro de esas pruebas que la fiscalía solicito se encuentra la practica de la experticia psiquiatrica forense que es de vital importancia. Una vez escuchadas las partes El Tribunal DE CONTROL Nº 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda la solicitud de prorroga solicitada por el Ministerio Publico y se concede un lapso de quince (15) días adicionales, para presentar el correspondiente acto conclusivo en la presente causa de conformidad con el articulo 250, cuarto aparte del Código Orgánico Procesal penal. En cuanto a la solicitud de prueba anticipada interpuesta por la fiscal Sexta el día de ayer 28-07-08, para que se tome declaración a la niña Mairen Valentina Valera Daboín, visto que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 307 del Código Orgánico Procesal penal, se declara son lugar la solicitud y se fija la audiencia para el día 06-08-08 a las 8:30 a.m. quedando los presentes citados , se ordena el traslado del imputado. Concluyó el acto siendo las 10.22 a.m. de la mañana, se procedió en forma oral y pública, se dio lectura al acta y conformes firman,
La Juez de Control Nº 04


Abg. Juleny Rosas Bravo


La defensa la fiscal



La victima la secretaria