REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 10 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2005-000092
ASUNTO : TP01-P-2005-000092

Visto el escrito presentado por la Ab. MARITZA ARAUJO VALERA, en representación del ciudadano YOSMAR RAFAEL CHARCOUS, solicitando el desistimiento de recurso interpuesto, conforme a a la prescripción de la pena de su defendido, el Tribunal para decidir observa:
Dada la rotación de jueces de Primera Instancia en lo penal del Estado Trujillo, ordenada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, el suscrito se aboca al conocimiento de la misma y a tal efecto de los autos evidencia que en fecha 11 de marzo del 2.008, la Ab. MARITZA ARAUJO VALERA, en representación del ciudadano YOSMAR RAFAEL CHARCOUS,, presenta recurso de apelación al considerar que la pena impuesta a su defendido se encuentra extinguida desde el 19- 10- 2.007.
Por cuanto el Tribunal en decisión de fecha 01 de Abril del 2.008 acordó la extinción de la pena por cumplimiento de la misma, la defensa solicita sabiamente el desistimiento de recurso interpuesto de conformidad con el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, y por ello el Tribunal acuerda con lugar la solicitud de la defensa y consecuencialmente. el archivo definitivo de la presente causa, y asi queda establecido en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley, notifíquese – cúmplase.


El Juez

El Secretario

Abog. Antonio José Moreno Matheus