SALA DE JUICIO
JUEZ UNIPERSONAL N° 2
Trujillo, 28 de Julio de 2008
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS

Solicitante: ROBERTO SARCOS MORAN, titular de la cédula de identidad N° 3.468.693
Motivo: Autorización para salir de viaje fuera del país.
Actuación N°: 2987-2

SINTESIS

Vista la anterior solicitud y sus recaudos anexos, désele entrada y curso de ley. El ciudadano ROBERTO SARCOS MORAN, titular de la cédula de identidad N° 3.468.693, actuando en representación del niño (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA), de 10 años de edad, quien es su hijo, solicita autorización para que el referido niño viaje junto a su progenitora la ciudadana PATRICIA EMILIA ROIATTI, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.154.178, a los Estados Unidos de América, con fecha de salida el 03 de agosto de 2008 por el Aeropuerto Internacional de la Chinita de la ciudad de Maracaibo y con regreso el día 24 de agosto de 2008, por el mismo Aeropuerto; el Tribunal para decidir acuerda:

El artículo 392 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contempla que los niños o adolescentes puedan viajar fuera del país, solos o con terceras personas, requiriendo la autorización de quienes ejerzan su representación. En el presente caso, la madre del niño que nos ocupa, viajará junto a él, aunado al hecho de que ejerce conjuntamente con el padre la patria potestad sobre él, el cual dio su consentimiento para el viaje, y en armonía con los artículos 8 de esa misma Ley y 267 del Código Civil, 78 de
la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, considera procedente otorgar la autorización solicitada, por resultar beneficioso al interés superior del beneficiario. Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, declara con lugar la solicitud y en consecuencia.

DISPOSITIVA

PRIMERO: Se autoriza a la ciudadana PATRICIA EMILIA ROIATTI, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.154.178, para que viaje junto a su hijo (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNNA), de 10 años de edad, a los Estados Unidos de América, con fecha de salida el 03 de agosto de 2008 por el Aeropuerto Internacional de la Chinita de la ciudad de Maracaibo y con regreso el día 24 de agosto de 2008, por el mismo Aeropuerto.

SEGUNDO: Provéase lo conducente.

Juez Unipersonal,
El Secretario,

Abog. Alejandrina Rivas Ruiz
Abog. Jorge León Alburjas

En este misma fecha la publicó la presente decisión siendo las 10:45 a.m. al igual se dejan iguales ejemplares en el copiador de sentencias.
El Secretario,

Abog. Jorge León Alburjas
AARR/JELA/rosa