REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.

198º y 149º

Trujillo, 07 de Julio de 2008


Expediente Nº 01736

Vista la solicitud para disfrutar vacaciones escolares a partir del 15-07-2008 al 14-09-2008, para los adolescentes (se omiten sus nombres de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA), Los cuales disfrutará con su abuela materna ciudadana ALTAGRACIA DE LA CONCEPCIÓN COLOMBO, titular de la cédula de identidad N° 9.326.262. Que reúne más características de índole moral, lo que incuestionablemente podrá redundar en la adecuada formación que nos ocupa.

PRIMERO: Se decreta permiso disfrutar vacaciones escolares a partir del 15-07-2008 al 14-09-2008, para los adolescentes (se omiten sus nombres de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA); Los cuales disfrutará con su abuela materna ciudadana ALTAGRACIA DE LA CONCEPCIÓN COLOMBO, titular de la cédula de identidad N° 9.326.262.-

SEGUNDO: Provéase y ofíciese lo conducente.



La Juez Provisoria,

Abog. Alejandrina Rivas Ruiz
El Secretario

Abog. Jorge Enrique León


ARR/JELA/jamg
Exp. Nº 01736