REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, uno de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE :TP11-L-2008-000267
PARTE ACTORA: AIDA MARIA CASTELLANOS
PROCURADORA DE TRABAJADORES: AURA ROSA ROMÁN BRICEÑO
PARTE DEMANDADA: ONELI MONTERO VALERA
ABOGADO ASISTENTE: LAURA VASQUEZ
MOTIVO: BENEFICIOS LABORALES

En el día hábil de hoy, primero (01) de julio (07) de dos mil ocho (2008), siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderada judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy, se deja constancia que la parte demandada ciudadana ONELI MONTERO VALERA, titular de la cedula de identidad N- 5.789.547, asistida en este acto por la Abg. LAURA VASQUEZ, inscrita en el IPSA bajo el N- 67.101, esta presente. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
La Juez

Abg. Yulibett Calderón

La Secretaria

Abg. Irene Vanderlinder



La demandada Abogada Asistente