REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dieciséis de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: TP11-L-2008-000319
PARTE ACTORA: NERIO ANTONIO GELVIS DIAZ
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN VILORIA PARTE DEMANDADA: GRUPO DE PROTECCION Y SEGURIDAD GUTIERREZ, C. A.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE ALIRIO CARDENAS PEREZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy dieciséis de julio de dos mil ocho, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar que por suerte de distribución le correspondió conocer del presente asunto por ante el Tribunal Cuarto de Sustanciación Mediación y Ejecución a cargo de la Jueza Abogada AURA ESTELA VILLARREAL y de la Secretaria Abogada YOLIMAR COOZ; se deja expresa constancia de que la parte demandada compareció en la persona del ciudadano: JOSE ALIRIO CARDENAS PEREZ titular de al Cedula de Identidad No. 5.029.464, asistido por el Abogado MAURO RANGEL OVIOL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.56.499, y que la actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.. Es Todo. Termino. Se leyo. Conforme firman.
La Juez
Abg. Aura Villarreal La Secretaria
Abg. Yolimar Cooz
Parte demandada Abogado Asistente parte demandada
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