REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-004503
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana BELKIS YADIRA VIVAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V- 5.020.647, domiciliada en la calle 9 entre carreras 23 y 24, Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de CUARENTA Y SEIS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F.46.000,00. cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana BELKIS YADIRA VIVAS ROJAS, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas sobre un terreno propio el cual fue registrado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito del Registro Publico del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 18 de Mayo del 2000, bajo el Nº 30, Tomo 7 Primer Trimestre, Protocolo Primero folio del 221 al 225, en: LA CALLE 9 ENTRE CARRERAS 23 Y 24, PARROQUIA CATEDRAL DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA ; con los siguientes linderos: NORTE: En línea de 19,20 mts, (después de haber cumplido con el retiro exigido por la Municipalidad) con terrenos ocupados Betty Zulia vivas Rojas; SUR: En línea de 19,20 mts (después de haber cumplido con el retiro exigido por la Municipalidad) con terrenos ocupados por Leonor Grass; ESTE: En línea de 3,75 mts, con terrenos ocupados por Julián Duran ; OESTE: En línea de 3,75 mts con calle 9, que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.

¬ EL JUEZ, LA SECRETARIA


ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.



HRPB/LAAE/am
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.