REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de julio de dos mil ocho.
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-0006812
Vista la solicitud que procede suscrita por el ciudadano: LUIS GERARDO HERRERA URQUIOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V.- 15.885.999, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de TREINTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 30.000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano LUIS GERARDO HERRERA URQUIOLA, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: BARRIO LOS POCITOS CALLE LA FORTUNA SECTOER 2, JURISDICCION DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea de 11,30 metros con calle la Fortuna que es su frente, SUR: En línea de 10,30 metros con terrenos ocupados por Yohelis Santeliz y Damacio Hernández, ESTE: En línea de 27,50 metros con terrenos ocupados por Gregorio Araujo y OESTE: En línea de 26,80 metros con terrenos ocupados por Andres Herrera. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ LA SECRETARIA

ABG. HAROLD PAREDES BRACAMONTE ABG. LUISA AGÜERO
HRPB/LaAe/chaus3.-