REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 20 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-004309
ASUNTO : TP01-P-2008-004309


Visto el escrito presentado por las Abogadas ALICIA TORRES-RIVERO VALENOTTI y DIGNA MARY ARAUJO, actuando en este acto en nuestro carácter de Fiscal Quinto y Fiscal Auxiliar Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, donde solicita de conformidad con el articulo 250 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal. LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos APONTE GRATEROL JOSE RAFAEL, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 5.101.454, casado residenciado en Sector San Antonio Parte Alta, Calle Principal Casa N° 1-21, vía Sabana Libre Valera Estado Trujillo y APONTE RIVERA ANDRY JOSÉ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.350.618, fecha de nacimiento 05-10-1986, hijo de Juana del Carmen Rivera Rodríguez y José Rafael Aponte Graterol, residenciado en Sector San Antonio Parte Alta, Calle Principal Casa N° 1-21, vía Sabana Libre Estado Trujillo, por considerar de que se encuentran llenos los extremos legales exigidos para la procedencia de la misma, este Tribunal para decidir observa:
Fundamenta el Ministerio Público su solicitud en investigación que cursan ante ese Despacho, signada con el N° D21-5232-2008, quienes se encuentran incursos en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO en los artículos 405 en concordancia con el artículo 406 numeral 01previso y sancionado en el Código Penal en agravio a quien en vida respondiera el nombre de FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ, venezolano mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.286.645 y por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en agravio a quien en vida respondiera el nombre de RAMIREZ RAMIREZ LUIS ALBERTO, de nacionalidad venezolano, natural de Valera Estado Trujillo, de 23 años de edad, nacido en fecha 20-06-85 de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante en el Sector San Luís Parte Alta, casa S/N, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.191.731, que existe hecho punible Contra La Personas, que merece pena privativa de libertad, cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, que existen fundados elementos de convicción para estimar que los ciudadanos arriba mencionado ha sido autores o participes en la comisión del hecho punible mencionado, de la narración de cómo sucedieron Los hechos de fecha 06 de junio de 2008, aproximadamente a las 11:30 de la noche, el ciudadano Ramírez Ramírez Luís Alberto, se encontraba en la casa del señor Alexis Graterol, ubicada en la tercera Alcantarilla donde esta la Bodega que se llama Mi Bella Grecia" al lado de la Iglesia en San Luís Parte Alta Valera Estado Trujillo, cuando al sitio llega un vehiculo Marca Ford, Modelo Corcel Placas: MCH-541, conducido por el ciudadano JOSE RAFAEL APONTE GRATEROL, cuando de dicho vehiculo se baja el ciudadano Andry José Aponte Rivera, quien portando un arma de fuego, apunta en la cabeza al ciudadano Luís Ramírez y le dice que se subiera la camisa, en ese momento se baja del vehiculo otra persona quien logra despojar al ciudadano Luís Alberto Ramírez del arma de fuego que este cargaba en su cintura, siendo esta arma un revolver calibre 38, marca Smith and wesson, cañón largo, pero en ese momento preciso momento iba subiendo el hoy occiso FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ, en la moto propiedad del ciudadano Luís Alberto Ramírez, y éste al ver que tenían sometido al ciudadano Luís Ramírez, trata de huir del sitio, y en ese momento el ciudadano Andry Aponte dispara contra humanidad de Francisco Hernández, quien logra huir en el vehiculo tipo moto hasta su vivienda, pero muere a pocos metros de la misma, y una vez que el ciudadano Andry Aponte dispara contra la humanidad de Francisco Javier, abordan del vehiculo y huyen del sitio. En virtud de los elementos que cursan en dicha solicitud y los cuales son:
1.- Trascripción de Novedad de fecha O de junio de 2008, suscrita por el funcionario Wilfredo Castellano, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Valera,”... se recibe la misma de parte del Agente de la FAPET L1SSETH TORRES, adscrita a la Brigada Hospitalaria de esta ciudad, informando que en ese nosocomio se produjo el ingreso de un ciudadano de nombre FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ ARTIGAS, Titular de la Cédula de Identidad numero V.- 19.286.645.
2- Trascripción de Novedad de fecha O de junio de 2008, suscrita por el funcionario Alfredo Castellano, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Valera, en la cual consta: " El suscrito Jefe de Guardia del Grupo de Investigaciones N° 03. Certifica que en la relación de las novedades diarias llevadas por ante esta sede, durante el lapso comprendido desde las 07:30 horas de la mañana del día de ayer Viernes 06-06-2008 hasta las 07:30 horas de la mañana del día de hoy Sábado 07-06-2008, aparece una que copiada textualmente…
3- Acta de Investigación Penal, de fecha sábado 07 de junio de 2008, suscrita por los funcionarios Detective Wilfredo Castellanos; Dectetve Mendez Saul , Agente Luís Briceño, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Valera.
4.- Inspección Técnica Criminalística, suscrita por los funcionarios Detective Wilfredo Castellanos; Detective Méndez Saúl, Agente Luís Briceño, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valera, practicada en: VIA PUBLICA, CALLE PRINCIPAL DEL SECTOR SAN LUIS PARTE ALTA, PARRQOUIA SAN LUIS, MUNICIPIO VALERA ESTADO TRUJILLO…
5.- Acta de Reconocimiento de cadáver Numero 1165, de fecha 07 de junio de 2008, suscrita funcionarios Detective Wilfredo Castellanos; Detective Méndez Saúl, Agente Luís Briceño, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Valera, practicada en la MORGUE DEL HOSPITAL CENTRAL DR. PEDRO EMILIO CARRILLO, VALERA ESTADO TRUJILLO, en la cual consta la existencia del cadáver y causa de la muerte.
6.- Entrevista de fecha 07 de junio de 2008, rendida por el ciudadano ARTIGAS DE HERNANDEZ, ANA MARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad 10.033.119, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas Sub Delegación Valera quien expuso: "que resulta que siendo las 10:10 horas de la noche del día de ayer cuando me encontraba acostada en mi cama, escuché un alboroto que tenia varías personas frente a mi casa, motivo por el cual me levanté y al salir para ver que era lo que estaba pasando me percaté que mi hijo de nombre FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ, estaba tirado en el piso de la acera, y junto a él había un charco de sangre
7.- Acta Policial de fecha 07 de junio de 2008, suscrita por el Inspector Urbina Quintero Walter, en la cual consta: " En esta misma fecha, siendo las 08:00 horas de la mañana, comparece por ante este Despacho, el funcionario Inspector URBINA QUINTERO WALTER, adscrito a la Sub-Delegación Valera, Estado Trujillo, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 169 Y 303 del Código Orgánico Procesal Penal y 21 de la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, deja constancia de la siguiente diligencia Policial efectuada en la presente averiguación: "Prosiguiendo con las diligencias de la Causa H-825.889, por unos de los delitos Contra las Personas, me traslade en compañía de los funcionarios Detectives BRICEÑO Carlos; FONTANA Richard, hacia la parte alta del sector San Luís de esta ciudad, con la finalidad de indagar sobre el presente hecho. Una vez en el mencionado lugar, luego de un breve recorrido, nos entrevistamos con varios residentes del lugar, quienes nos indicaron a un ciudadano de ser el que acompañaba al hoy occiso de nombre FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ ARTIGAS, y que había sido despojado de un arma de fuego, por los sujetos que habían ultimado al occiso en cuestión. A tal efecto, procedimos a interceptar al ciudadano indicado, quedando identificado de la manera siguiente RAMIREZ RAMIREZ, LUIS ALBERTO…
8.- Entrevista de fecha 07 de junio de 2008, rendida por el ciudadano RAMíREZ RAMíREZ LUIS ALBERTO, de nacionalidad venezolano, natural de Valera Estado Trujillo, de 23 años de edad, nacido en fecha 20-06-85, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el sector San Luís parte Alta, casa sIn, titular de la Cedula de identidad V119.101.731, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub delegación Valera en la cual consta…
9.- Entrevista de fecha 07 de junio de 2008, rendida por el ciudadano: APONTE GRATEROL JOSÉ RAFAEL, venezolano, natural de Valera, estado Trujillo, 54 años de edad, nacido el 10-11-1953, casado, constructor, residenciado en el sector San Antonio, parte alta, calle principal, casa Nro.1-21, vía a Sabana Libre, Valera, estado Trujillo…
10- Inspección Técnica Criminalistica signada con el N° 1200, de fecha 07 de Junio de 2008, suscrita por funcionarios Carlos Briceño y agente Luís Briceño, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación Valera. Practicada en la Calle Tibisayi, ubicada en el Sector Las Acacias, frente a esta Sub Delegación CICPC Valera Estado Trujillo en el cual encontraron el vehiculo involucrado.
11- Acta policial de fecha 08 de junio de 2008 suscrita por el Funcionario Richard Fontana, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminnalisticas delegación Valera…
12- Entrevista de fecha 07 de junio de 2008, rendida por el ciudadano Graterol Suárez Giovanny Antonio, venezolano, natural de Valera , estado Trujillo, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.797.323 años de edad, nacido el 18-03 1977, soltero, profesión u oficio Presidente de la Cooperativa MAYDE R.L, residenciado en San Luís , parte Alta, Calle Principal, casa N° 31, Valera Estado Trujillo.
13- Entrevista de fecha 07 de junio de 2008 rendida por el ciudadano Alexis Jesús Graterol, venezolano, natural de Valera Estado Trujillo, de 41 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 10.031.692, NACIDO EN FECHA 13-02-67, casado, obrero, residenciado en San Luis Parte Alta, Calle Principal , Casa número 31, Municipio Valera Estado Trujillo.
14- Entrevista de fecha 09 de junio de 2008 rendida por el ciudadano Wilmer de Jesús Graterol Suárez, venezolano, natural de Valera de 42 años de edad, nacido en fecha 31-10-65, soltero, Titular de la Cédula de Identidad número 9.315.685, de profesión u oficio obrero, residenciado en San Luís Parte Alta, Sector Centro, casa S/n Valera Estado Trujillo…
15- Entrevista de fecha 09 de junio de 2008 rendida por el ciudadano Jacinto de Jesús Graterol Quintero, venezolano, natural de la Quebrada estado Trujillo, de 64 años de edad, nacido en fecha 11-09-43 Titular de la Cédula de Identidad 2.619.335, casado , constructor, residenciado en San Luís Parte Alta, Calle Principal, casa N° 31 Municipio Valera Estado Trujillo… .
Analizadas como han sido las actuaciones cursantes en autos este Tribunal de Control N° 03, considera que se encuentran llenos los extremos del artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto aparecen fundados elementos de convicción para estimar que los mencionados ciudadanos son los presuntos autores del hecho que se investiga y presunción razonable del peligro de fuga en virtud de la pena que llegarse a imponer y a la magnitud del daño causado dada la naturaleza grave del mismo, en consecuencia es procedente acordar la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA solicitada.
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 03, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, llenos como se encuentran los extremos de los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal numerales 1°, 2° y 3° y 251 del referido Código Orgánico Procesal Penal y el 252 ordinal 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal Decreta La PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos APONTE GRATEROL JOSE RAFAEL, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 5.101.454, casado residenciado en Sector San Antonio Parte Alta, Calle Principal Casa N° 1-21, vía Sabana Libre Valera Estado Trujillo y APONTE RIVERA ANDRY JOSÉ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 18.350.618, fecha de nacimiento 05-10-1986, hijo de Juana del Carmen Rivera Rodríguez y José Rafael Aponte Graterol, residenciado en Sector San Antonio Parte Alta, Calle Principal Casa N° 1-21, vía Sabana Libre Estado Trujillo, por considerar de que se encuentran llenos los extremos legales exigidos para la procedencia de la misma, este Tribunal para decidir observa:
Fundamenta el Ministerio Público su solicitud en investigación que cursan ante ese Despacho, signada con el N° D21-5232-2008, quienes se encuentran incursos en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO en los artículos 405 en concordancia con el artículo 406 numeral 01previso y sancionado en el Código Penal en agravio a quien en vida respondiera el nombre de FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ, venezolano mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.286.645 y por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en agravio a quien en vida respondiera el nombre de RAMIREZ RAMIREZ LUIS ALBERTO, de nacionalidad venezolano, natural de Valera Estado Trujillo, de 23 años de edad, nacido en fecha 20-06-85 de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante en el Sector San Luís Parte Alta, casa S/N, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.191.731, por cuanto se encuentra en libertad se ordena LA APREHENSION. Se comisiona para la práctica de presente Orden de Privación Judicial Preventiva de Libertad al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Delegación Valera del Estado Trujillo. Ofíciese lo conducente.
Trujillo Estado Trujillo, a los veinte (20) días del mes de junio de dos mil ocho (2008).

La Juez de Control N° 03 La Secretaria

Abog. Adrinana Araujo Araujo Abog Sandra Espinoza