REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 25 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-007628
ASUNTO : TP01-P-2007-007628


Visto el escrito por la Defensora Pública Abog MARLENE ALARCON solicitando la AMPLIACIÓN DEL LAPSO de presentaciones periódica del ciudadano DANNY DANIEL BRICEÑO UZCATEGUI seguida a la causa N° TP01-P-2007-007628 y que actualmente tiene presentación periódica cada TREINTA (30) DIAS y solicita ante este Tribunal de Control N° 03 se le amplié el lapso de presentación cada noventa (90) días.
Este Tribunal para decidir observa:

PRIMERO: Establece el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, que el Imputado tiene derecho a solicitar la revisión o la revocatoria de la medida de privación de libertad que sobre él pese, cuantas veces lo desee, sin límite alguno de oportunidad procesal ni de número de solicitudes.

SEGUNDO: De la revisión de los autos, se verifica, que el ciudadano en fecha 06-12-2007 se presenta cada TREINTA (30) DIAS ante el Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal.

TERCERO: En vista de que el ciudadano DANNY DANIEL BRICEÑO UZCATEGUI esta cumpliendo con las presentaciones periódicas ante el Tribunal considera con lugar lo solicitado por la Defensora Pública Abog Marlene Alarcón en AMPLIAR EL LAPSO DE PRESENTACIÓN a partir de su próxima presentación, este tribunal considera procedente que se presente cada NOVENTA (90) DIAS es decir cada tres meses. Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA; ÚNICO: PRIMERO: De conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA AMPLIAR EL LAPSO DE PRESENTACIÓN del ciudadano , DANNY DANIEL BRICEÑO UZCATEGUI, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.605.121, nacido el 15-04-1986, estado civil soltero, edad 21 años de edad, de ocupación estudiante, hijo de Maria Graciela Uzcategui y Juan Bautista Briceño, grado de instrucción Cuarto Semestre de Economía en la ULA, residenciado Calle San Luís, casa S/N, a 10 metros de la casa Cultural Ateneo de San Lázaro, San Lázaro Municipio Trujillo Estado Trujillo, en presentaciones periódicas ante este Tribunal cada NOVENTA (90) DIAS, es decir cada tres meses a partir de su próxima presentación.
Notifíquese a las partes y a la Oficina de Presentación.
Trujillo, Estado Trujillo a los veinticinco (25) días del mes de junio de dos mil ocho (2008).
La Juez de Control N° 03 El Secretario

Abog Adriana Araujo Araujo Abog Oscar V Briceño