REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución 01
TRUJILLO, 25 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2005-002802
ASUNTO : TP01-P-2005-002802
Vistas y estudiadas las actas procésales este Tribunal en la presente fecha acordó con lugar la redención judicial de la pena en relación al penado ciudadano YENDER JOSE MALPICA, titular de la cédula de identidad N° 17.605.559, por ello se practica el cómputo definitivo conforme al artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
En fecha 20- 12- 2.006 fue dictada sentencia condenatoria definitivamente firme por el Tribunal 1° de Juicio de este Circuito Judicial Penal. en contra del ciudadano YENDER JOSE MALPICA, a cumplir la pena de 10 AÑOS, DE PRISION por el delito de ROBO previsto en el artículo 458 del Código Penal al tenor siguiente:
Se constata que el penado ciudadano YENDER JOSE MALPICA, titular de la cédula de identidad N° 17.605.559 se encuentra privado de su libertad habiendo cumplido hasta el 13- 06- 2.008 dos años, cinco meses y veintitrés días al aplicar el contenido del artículo 484 del COPP SE DESCONTARÁ DE LA PENA UN DIA DE PENA POR DOS DIAS DE TRABAJO HABIENDO REDIMIDO UN AÑLO, TRECE DIAS Y DOCE HORAS TRABAJANDO INTRAMUROS UN AÑO, OCHO MESES Y SIETE DIAS . cumple la pena el 05- 02- 2015.-
Podrá solicitar los beneficios siguientes:
a) Destacamento de Trabajo cuando cumpla una cuarta parte de la pena el día 16- 08- 2.007.-
b) Régimen Abierto cuando cumpla un tercio de la pena, en fecha 07- 06- 2.008.-
c) Libertad Condicional, cuando dos tercios de la pena, en fecha 15- 10- 2.011-
d) Confinamiento: cuando cumpla las tres cuartas partes de la pena, en fecha 15- 08- 2012.-
TERCERO: Penas accesorias conforme al artículo 16 del Código Penal, el Tribunal las desaplican por decisión del Tribunal-
CUARTO; Conforme a lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del COPP, se establece el Internado Judicial de Trujillo como lugar de reclusión para el cumplimiento de la pena, y asi se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley.
El Juez
Antonio J. Moreno Matheus
La Secretaria
Abg. Magaly Castro
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