REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución 01
TRUJILLO, 30 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-000285
ASUNTO : TP01-P-2008-000285
Por cuanto este Tribunal en resolución de esta mis fecha ordenó la realización del cómputo de pena al ciudadano DARWIS ENRRIQUE LOZADA MONSALVE, titular de la cédula de identidad Nª 18.801.570, venezolano, de 22 años de edad, nacido el 25- 11- 1.985, hijo de Maritza Monsalve y Denny lozada, soltero, comerciante, natural de valera, Estado Trujillo, residenciado en San Luis, sector 05, Municipio Valera del Estado Trujillo, se da cumplimiento a la realización del mismo al tenor siguiente: PRIMERO: El Tribunal de Control Nª 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en fecha 21 de Abril del 2.008 publicó sentencia condenatoria en contra del ciudadano DARWIS ENRRIQUE LOZADA MONSALVE, titular de la cédula de identidad Nª 18.801.570 a cumplir pena de prisión de DOS ( 02) AÑOS DE PRISION en delito de DISTRIBUCION MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto en el artículo 31 Ultimo aparte de la ley orgánica contra el Tráfico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en agravio de la sociedad.-
SEGUNDO: Resulta procedente la aplicación de medida alternativa de cumplimiento de pena de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA COMO FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA, a que se contrae el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal
TERCERO: El penado ciudadano DARWIS ENRIRQUE LOZADA MONSALVE, titular de la cédula de identidad Nª 18.801.570 cumplirá la pena principal en fecha 16 de enero del 2.010. fue detenido en fecha 17 de Enero del 2.008, hasta el día 17 de Abril del 2.008 en que el Tribunal de Control Nª 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo le acordó su libertad., en consecuencia ha cumplido pena de TRES MESES Y CUATRO DIAS.-
CUARTO: Al penado DARWIS ENRRIQUE LOZADA MONSALVE, titular de la cédula de identidad Nª 18.801.570 le falta por cumplir UN AÑO, OCHO MESES Y VEINTISEIS DIAS.
QUINTO: El penado ciudadano DARWIS ENRRIQUE LOZADA MONSALVE, titular de la cédula de identidad Nª 18.801.570 Podrá solicitar los beneficios siguientes: Por cuanto la pena es inferior a tres años resulta procedente la aplicación de medida alternativa de cumplimiento de pena de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA COMO FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA, a que se contrae el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal,
SEXTO: Penas accesorias conforme al artículo 16 del Código Penal, son desaplicables por decisión del Tribunal Supremo de Justicia, sala penal.
Se ordena solicitar los antecedentes penales que pudiese registrar el penado, realizar estudios técnicos a los fines de otorgar el beneficio en comento e ilustrar al penado de los requisitos legales para el otorgamiento de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA COMO FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA,
. Hágase las participaciones de rigor, notifíquese a las partes.
El Juez
Antonio J Moreno Matheus
La Secretaria
Abg. Magaly Castro
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