REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL
LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO TRUJILLO.
VALERA, DOCE (12) DE JUNIO DEL DOS MIL OCHO.
198º y 149º.
Vista la diligencia inserta al folio 144 de este expediente judicial, suscrita por el abogado VICENTE CONTRERAS SALAS, Inpreabogado Nro. 96.867, Apoderado Judicial de la parte demandada, mediante la cual consigna contrato de transacción celebrado por las partes debidamente notariado por ante la Notaria Pública de Boconó, Estado Trujillo, de fecha 28-03-2008, bajo el N° 07, Tomo 14, a los fines de su homologación. En tal sentido, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHA TRANSACCION en los mismos términos y condiciones a que llegaron las partes, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, declara terminado el presente proceso, de conformidad con lo establecido en los Artículos 1713 y siguientes del Código Civil y 256 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena mantener el Expediente en el archivo de este Tribunal hasta tanto conste en autos el total cumplimiento de lo convenido en la referida transacción. Igualmente se ordena expedir por Secretaría, previo su desglose los documentos cursante a los folios 18, 19, 24 y 25 de este Expediente Judicial y entregársele a la parte solicitante, dejándose en su lugar copias fotostáticas certificadas, autorizándose para ello a la Asistente DEYANIRA SIMANCAS quien conjuntamente con la Secretaria suscribirá tal certificación. Diarícese. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
ABOGAGO OSCAR ROMERO ACEVEDO.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABOGADO TAULI T. SALAS RENDON.
EXPEDIENTE N° 27364.
ORA/TTSR/dmsv.