REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-007583
Revisadas como han sido las actas que componen la presente solicitud, este Juzgador observa que uno de los Bienes señalado en el texto del Testamento, se trata de un Bien Inmueble, como son las mejoras y bienhechurías en ella descrita, el cual debe estar Registrado y no Notariado, y siendo pues que el testamento debe someterse a la publicidad registral, se declara INADMISIBLE, la presente solicitud; Así se decide.-
El Juez La Secretaria
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LaAe/vcg