REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.

Cabudare, 17 de Junio de 2008
Años: 198° y 149°



EXPEDIENTE N° : 3.089-08

SOLICITANTE : Emilsy Coromoto Paz Dugarte.
C.I.Nº V-8.771.431
OBLIGADO : Walter Giovanni Scarzella Quijada.
C.I.Nº V-10.847.208
BENEFICIARIO : (identidad omitida dando cumplimiento ala artículo 65 de la LOPNNA).
de 09 años de edad.

MOTIVO: HOMOLOGACION POR DESISTIMIENTO
DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA.



Revisadas las presentes actuaciones y por cuanto se observa al folio 10 del expediente, que la solicitante ciudadana EMILSY COROMOTO PAZ DUGARTE, desiste del procedimiento de Fijaciòn de la Obligación Alimentaria, intentado en contra del ciudadano WALTER GIOVANNI SCERZELLA QUIJADA, quien es el padre de su hijo, y solicitando se archive el presente expediente, dada esta circunstancia y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, es por lo que este Tribunal en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACION, en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente conforme a lo establecido en el artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se ordena el archivo del expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial. Lìbrese Boleta de Notificaciòn al ciudadano Fiscal 17º del Ministerio Pùblico de esta Circunscripciòn Judicial. Cùmplase.-

La Juez,


Dra. Coromoto de Del Nogal.


El Secretario,


Abog. Lucio Torres.





Seguidamente se cumplió con lo ordenado.



El Secretario,


Abog. Lucio Torres.