REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Vista la solicitud realizada por el Abg.-ROBERTO DE JESUS DURAN INFANTE Fiscal VII del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien solicita autorización para la destrucción de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, conforme a lo previsto en los artículos 112 y 119 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la causa seguida al ciudadano TULIO DEL CARMEN JEREZ QUINTERO signada bajo el Nª TPO1-P-2008-00009 por el delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS; Este Tribunal para decidir observa:
El Fiscal Séptimo del Ministerio Público, anexa a la solicitud copia de la experticia química y botánica Nª 9700-069-004 de fecha 08- 01- 2.008 realizada por la experto JALIXSA JOSE RODRIGUEZ, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Región Trujillo, con un peso remanente de CATORCE ( 14) GRAMOS CON QUINIENTOS ( 500) MILIGRAMOS DE COCAINA BASE, OCHO ( 08) GRAMOS CON SEISCIENTOS ( 600) MILIGRAMOS DE COCAINA BASE Y CUATRO ( 04) GRAMOS CON SEISCIENTOS (600) MILIGRAMOS DE MARIHUANA Planilla de custodia 003-08, de la citada sustancia estupefaciente con lo que se demuestra la realización de las pericias necesarias para probar si la sustancia incautada es de ilícito comercio o transporte, igualmente el artículo 112 de la ley en comento faculta al juez de Control para autorizar la destrucción de la sustancia incautada; en tal sentido, la solicitud de incineración es conforme a derecho, lo acuerda el Tribunal por ser procedente.
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley, AUTORIZA LA DESTRUCCION DE LA SUSTANCIA REQUERIDA POR LA FISCALIA VII DEL MINISTERIO PUBLICO conforme a los artículos 112 y 119 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la causa seguida a al ciudadano TULIO DEL CARMEN JEREZ QUINTERO signada bajo el Nª TPO1-P-2008-00009 por el delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a los veinticuatro días del mes de Marzo del 2.008
El JUEZ
Antonio J. Moreno Matheus
La Secretaria