REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 29 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-002256
ASUNTO : TP01-P-2008-002256
Visto el escrito presentado por la Abogada ALICIA M. TORRES-RIVERO VALENOTTI, actuando en con el carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, procediendo de conformidad con lo establecido en el artículo 285, numeral 3 y 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los Artículos 11, 24, 108 Ordinales, 10 y 100 Y 250 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Articulo 34 numerales 1, 3 Y 18 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, mediante el cual solicita se decrete la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD Y se ordene ORDEN DE APREHENSIÓN, contra el ciudadano JOSE ESPEDITO ARAUJO, venezolano soltero, de 28 años de edad, nacido en fecha 30-03-1.979, C.I. V- 14.459.956, residenciado en el sector la Quinta, carretera Panamericana, casa sIn, Parroquia Cheregue, quien se encuentra incurso en el delito de Homicidio Simple previsto y sancionado en el artículo 405 del el Código Penal Venezolano, en consecuencia, este Tribunal para decidir observa:
Fundamenta el Ministerio Público su solicitud en que en el presente caso, existe un hecho punible, que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, en razón de la investigación penal iniciada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Valera, en virtud de que “El día jueves 27 de Septiembre de 2007, aproximadamente a las once y treinta (11:30), horas, el ciudadano Sub Inspector ORLANDO GONZALEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalísticas Sub delegación Valera del Estado Trujillo recibió una llamada telefónica por parte del ciudadano Funcionario Agente MARI N YORMAN, adscrito al Departamento Policial n° 33 de la Policía del Estado Trujillo, manifestándole, que en la carretera que conduce a la población de el Cenizo, del Municipio Miranda del Estado Trujillo, Vía Pública, se encuentra el cadáver de una persona del sexo masculino, de quien para el momento se desconoce su identidad, presentando heridas por arma de fuego, desconociéndose mas datos al respecto. El día 28 se trasladan el Funcionario Agente BRICEÑO luís hasta la población de El Cenizo, sector primera canal, (vía Pública) del Municipio Sucre del Estado Trujillo a corroborar la información obtenida por medio de la trascripción de novedad, al llegar al sitio antes señalado la comisión fue recibida por una comisión de la Policía Municipal de Sucre, quienes se encontraban resguardando el lugar donde se observaron el cadáver de una persona adulta del sexo masculino en posición dorsal... Efectuaron la Inspección Técnico Criminalística, identificaron al occiso como MONTILLA GONZALEZ JEAN CARLOS cédula de identidad signada con el número V- 14.513.802 a nombre del ciudadano, venezolano de 27 años de edad, de fecha de nacimiento 04-07-1.98. Entrevistaron a un ciudadano que se identifico como GODOY VllLARREAl FRANCISCO JOSE, venezolano, de 18 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en la parcela n° 242 ubicada adyacente al lugar del hecho, titular de la cédula de identidad n° V- 20.048.347 quien manifestó que el día jueves 27-09-2007 entre las 7 y 8 horas de la noche se encontraba en la finca donde labora y reside en compañía de su concubina, la cual es propiedad del ciudadano PAULINO LOSADA, cuando de repente observo que al interior de la misma ingresaron cinco (5) sujetos, tres (3) de ellos portando armas de fuego tipo escopeta y dos (2) portando armas blancas del tipo machete, solicitando la presencia de su compañero de trabajo CARLOS y comenzaron a revisar el lugar. Esas personas decidieron retirase y luego transcurridos quince (15) minutos escuchó dos (2) detonaciones provenientes de las afuera de la finca, optando al salir al poco tiempo a ver que había sucedido logrando observar en la vía pública algo que se asemeja al cuerpo de una persona, en ese momento le notifico al propietario de la finca lo observado quienes fueron a ver al acercarse se percataron de que era CARLOS, quien aun se encontraba con 'vida, estas personas trataron de auxiliar a dicho ciudadano intensión que resultó infructuosa . Un segundo ciudadano entrevistado e identificado como LOSADA LOSADA PAULINO, venezolano de 82 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.055.428. Posteriormente la comisión del CICPC sub delegación Valera obtuvo información por parte de funcionarios de POLISUCRE que en el interior de una finca de nombre "LAS QUINCE LETRAS" ubicada en el sector el Dique como a mil metros de distancia del lugar donde ocurrió el hecho que se investiga, habían sido localizadas en una de las habitaciones de la vivienda, dos (2) armas de fuego tipo escopeta una de ellas de cañón largo y otra tipo recortada, así mismo tres (3) armas blancas del tipo machete, las cuales presuntamente fueron las utilizadas por los autores del hecho. La comisión se traslado hasta el sitio antes señalado donde fueron recibidos por el propietario de la misma donde también se encontraba un funcionario de POLISUCRE en ese momento se le informo al propietario de la finca quien se identifico de la siguiente manera RIVERO LEAL LUIS ANTONIO, venezolano de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad n° V- 10.401.639 quien permitió el libre acceso al interior de la vivienda, quien señalo el sitio donde se encontraban las armas tanto de fuego como armas blancas, procediendo a realizar la Inspección Técnica Criminalística se observo que ambas armas de fuego era de calibre 16 siendo la cañón largo marca WINCHESTER, serial número 7222, mientras que la de tipo recortada es marca RUGER sin serial aparente, al solicitarle información de esas armas este ciudadano manifestó que las mismas no eran de su propiedad, presumiendo que podrían ser de uno de sus obreros de nombre JOSE ARAUJO apodado EL NEGRO Y manifestó que el mismo día 27 de septiembre en horas de la noche este ciudadano le efectuó una llamada telefónica a su teléfono celular donde le informa que el mismo le había efectuado un disparo al ciudadano CALO.
Así mismo la Fiscalía Quinta del Ministerio Público fundamenta su solicitud en los siguientes elementos de convicción:
1. Trascripción de Novedad de fecha 27 de septiembre de 2007, suscrita por el funcionario Orlando González, Jefe del Grupo de Investigaciones N° 03, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Valera, " ...se recibe llamada telefónica por parte del funcionario Agente MARIN YORMAN, donde informa que en la vía pública, carretera que conduce a la población el Cenizo, del Municipio Miranda del Estado Trujillo, se encuentra el cadáver de una persona del sexo masculino el cual presenta varias heridas por arma de fuego, y de quien se desconocen mas datos"
2. Acta de investigación Penal de fecha 28 de septiembre del 2007, la cual fue suscrita por los funcionarios Detective RUIZ EDINSON adscrito al grupo de Trabajo del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub delegación Valera, quien se encuentra juramentado para iniciar las investigaciones relacionadas con las actas procesales H-674-884 se trasladan el Funcionario Agente BRICEÑO Luis hasta la población de el Cenizo, sector primera canal, (vía Pública) del Municipio Sucre del Estado Trujillo a corroborar la información obtenida por medio de la transcripción de novedad. Al llegar al sitio antes señalado la comisión fue recibida por una comisión de la Policía Municipal de Sucre, quienes se encontraban resguardando el lugar donde se observó el cadáver de una persona adulta del sexo masculino en posición dorsal Se efectuó la Inspección Técnico Criminalística, se procedió a la remisión del interfecto y al ser revisadas sus vestimentas en el interior de uno de los bolsillos del pantalón que portaba se encontró copia fotostática de una cédula de identidad signada con el número v- 14.513.802 a nombre del ciudadano MONTILLA GONZALEZ JEAN CARLOS, venezolano de 27 años de edad, de fecha de nacimiento 04-07-1.980 se entrevisto a un ciudadano que se identifico de la siguiente manera GODOY VILLARREAL FRANCISCO JOSE, venezolano, de 18 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en la parcela n° 242 ubicada adyacente al lugar del hecho, titular de la cédula de identidad n° V- 20.048.347 quien manifestó que el día de ayer jueves (27-09¬2007) entre las 7 y 8 horas de la noche se encontraba en la finca donde labora y reside en compañía de su concubina, la cual es propiedad del ciudadano PAULINO LOSADA, cuando de repente observo que al interior de la misma ingresaron cinco (5) sujetos, tres (3) de ellos portando armas de fuego tipo escopeta y dos (2) portando armas blancas del tipo machete, solicitando la presencia de su compañero de trabajo CARLOS y comenzaron a revisar el lugar esta personas deciden retirase y luego transcurridos quince (15) minutos escuchó dos (2) detonaciones provenientes de las afuera de la finca, optando al salir al poco tiempo a ver que había sucedido logrando observar en la vía pública algo que se asemeja al cuerpo de una persona, en ese momento le notifico al propietario de la finca lo observado, quienes fueron a ver al acercarse se percataron de que era Carlos, quien aún se encontraba con vida, estas personas trataron de auxiliar a dicho ciudadano intensión que resulto infructuosa se identifico al segundo de los ciudadanos como LOSADA LOSADA PAULINO, venezolano de 82 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.055.428 posterior a esto la comisión del CICPC sub delegación Valera obtiene información por parte de funcionarios de POLISUCRE que en el interior de una finca de nombre "LAS QUINCE LETRAS" ubicada en el sector el Dique como a mil metros de distancia del lugar donde ocurrió el hecho que se investiga, habían sido localizadas en una de las habitaciones de la vivienda, dos (2) armas de fuego tipo escopeta una de ellas de cañón largo y otra tipo recortada, así mismo tres (3) armas blancas del tipo machete, las cuales presuntamente fueron las utilizadas por los autores del hecho. La comisión se traslado hasta el sitio antes señalado donde fueron recibidos por el propietario de la misma donde también se encontraba un funcionario de POLISUCRE en ese momento se le informo al propietario de la finca quien se identifico de la siguiente manera RIVERO LEO N LUIS ANTONIO, venezolano de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad n° V- 10.401.639 quien permitió el libre acceso al interior de la vivienda, quien señalo el sitio donde se encontraban las armas tanto de fuego como armas blancas, procediendo a realizar la Inspección Técnica Criminalística se observo que ambas armas de fuego era de calibre 16 siendo la cañón largo marca WINCHESTER, serial número 7222, mientras que la de tipo recortada es marca RUGER sin serial aparente, al solicitarle información de esas armas este ciudadano manifestó que las mismas no eran de su propiedad, presumiendo que podrían ser de uno de sus obreros de nombre JOSE ARAUJO apodado EL NEGRO Y manifestó que el mismo día 27 de septiembre en horas de la noche este ciudadano le efectuó una llamada telefónica a su teléfono celular donde le informa que el mismo le había efectuado un disparo al ciudadano CALO, al escuchar esto su persona se altero y le pregunto que había ocurrido obteniendo como respuesta que este ciudadano llamado CALO había llegado a la finca a buscarle problemas a él y por tal razón le efectuó el disparo. El ciudadano RIVERO LUIS ANTONIO se traslado hasta el comando de POLISUCRE a notificar lo sucedido de ahí se fue en compañía de un funcionario policial de ese cuerpo de seguridad hasta la población de el cenizo y Vía a su finca observa que en la vía pública a un kilómetro antes de llagar a su finca observo el cadáver de una persona al lado de la vía pública logrando reconocer al mismo como CALO, de ahí se fue en compañía de dos funcionarios de POLISUCRE hasta su finca y revisaron y se percatan de que el ciudadano JOSE ARAUJO apodado "EL NEGRO" ya se había de su finca conjuntamente con su concubina de nombre MAGAL Y Y los hijos de esta dos jóvenes de aproximadamente de 18 años de edad conocidos por sus seudónimos como EL BEBE Y EL CHINO y otro ciudadano que labora también en la finca conocido como EL GUAJIRO Se le solicito la identificación plena del ciudadano apodado EL NEGRO al dueño de la finca quien entrego un documento donde aparecía un número V- 14.459.956 a nombre de ARAUJO JOSE ESPEDITO venezolano, de 28 años de edad, soltero Es todo.
3. Inspección Técnico Criminalístico signada con el N° 1681, de fecha 28 de Septiembre de 2007, suscrita por los funcionarios DETECTIVE EDINSON RUIZ, Y AGENTE LUIS BRICEÑO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Valera, quienes se trasladaron hacia la siguiente dirección Vía Publica, Sector la Eta, de la Población El Cenizo, del Municipio Sucre del estado Trujillo "... sitio de suceso ABIERTO, ... conformado por dos carreteras en suelo natural (TIERRA) de topografía plana... las citadas calles están separadas por un sistema de drenaje de aguas provenientes de aguas provenientes de un río de la zona... en las adyacencias de la citada riega se observan varías viviendas residenciales las cuales están ubicada estratégicamente una con respecto a la otra esta a su vez están protegidas por cercas conformadas por estantillos de madera... al margen derecho se observa sobre la superficie del suelo en posición dorsal, el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino con las extremidades superiores extendidas y las extremidades inferiores flexionadas presentando come vestimenta una (1) franela de color negro, (1) jeans de color azul el occiso presenta las siguientes características fisonómicas piel de color TRIGEÑA estatura 1.74 metros, cabello Corto color castaño claro frente amplia, cejas separadas escasas, ojos pequeños, color pardo Claro, nariz grande achatada, boca grande, en las adyacencias del interfecto se aprecia sobre el suelo y sobre la vegetación una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza Hemática..., a 30 centímetros de la extremidad superior izquierda se encuentra el elemento de Interés Criminalístico número Uno (1) una chancleta elaborada en Hule de color marrón la misma esta impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza Hemática, como elemento de interés criminalístico numero dos (2) una chancleta elaborada en Hule de color marrón la misma esta impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hematica y como elemento de interés criminalistico numero (03) una chancleta elaborada en Hule de color marrón la misma esta impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza Hemática en sus prendas de vestir no se encuentro ningún elemento de identificación, se realizo fijación fotográfica. Es todo
4. Inspección Técnico Criminalística N° 1682 de fecha 27 de septiembre del 2007 la cual fue suscrita por los DETECTIVE EDINSON RUIZ, y AGENTE LUIS BRICEÑO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Valera, quienes se trasladaron hacia la siguiente dirección SECTOR LA ETA DE LA POBLACIÓN EL CENIZO ESPECIFICAMENTE EN LAS INSTALACIONES DE LA FINCA LAS QUINCE LETRAS Se determinó que se trata de un sitio de suceso CERRADO. Se observa un zona donde el flujo automotor es escaso, al margen derecho de la carretera se observa una entrada la cual se encuentra protegida por una reja de metal del tipo batiente... .al margen derecho se hallan las instalaciones de una vivienda residencial con paredes de cemento cuanta con una puerta de metal no presenta signos de violencia, en uno de los cuartos de la misma se aprecian varios enseres de vivienda entre otras cosas... .sobre la superficie del suelo de otro cuarto se observa un arma de fuego del tipo escopeta recortada, marca Ruger, calibre 16 presenta doble empuñadura en madera la misma presenta sigilos de oxidación en su parte metálica, seguidamente se observa una segunda arma de fuego, tipo escopeta marca Winchester, serial 7222, calibre 16 con empuñadura de madera presenta signos de oxidación en su parte metálica, dentro de la misma se le observa un cartucho de color verde cubierto con un material sintético de color rojo su fulminante se encuentra percutido... adecentes al arma de fuego se encuentra un arma blanca de gran tamaño de las denominadas machetes... se colectaron todos estos elementos de interés criminalistico.
5. Reconocimiento del Cadáver N° 1683, de fecha 28 de septiembre de 2007, suscrito por los funcionarios Detective EDINSON RUIZ, Agente LUIS BRICEÑO adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Valera, quienes se trasladaron hacia la siguiente dirección MORGUE DEL HOSPITAL CENTRAL DR. PEDRO EMILIO CARRILLO, VALERA ESTADO TRUJILLO,.. el cadáver: presenta como vestimenta las siguientes. Una Franela elaborada en fibra de color negro, marca BANANA STRONG un (1) Jeans elaborada en fibra de color azul, marca ARMANI, talla 28, COMO CARACTERISTICAS FISOMICAS PRESENTA LAS SIGUIENTES: Piel de color trigueña, estatura 1,74 metros, cabello corto, color castaño claro, frente amplia, cejas separadas escasas, ojos pequeños, color pardo claro, nariz grande achatada, SE LE APRECIARON LAS SIGUIENTES HERIDAS: HERIDAS MULTIPLES LA REGIÓN ESTERNAL y REGIÓN INFRAMAMARIA DERECHA E IZQUIERDA, UNA (1) HERIDA RAZANTE EN LA REGIÓN FRONTAL, UNA (1) HERIDA ABIERTA EN LA REGIÓN AURICULAR DERECHA, UNA (1) HERIDA ABIERTA EN LA REGIÓN PARIETAL, AL CADÁVER SE LE REALIZO LA RESPECTIVA NECRODACTILIA.
6. Entrevista del ciudadano Godoy Villarreal Francisco José, venezolano, natural de Sabana de Mendoza del estado Trujillo, de 18 años de edad, cedula de identidad N° V¬20.048.347, rendida ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminsliaticas Sub Delegación Valera, quien manifestó lo siguiente: "el día de ayer jueves 27 de septiembre del 2007 entre las siete (7) y ocho (8) de la noche estaba en la finca donde yo trabajo y vivo, en compañía de mi mujer llamada MARIA PIRELA, cuando de repente llegaron cinco (5) sujetos tres (3) de ellos portando armas de fuego y dos (2) tenían machetes buscando a mi compañero de trabajo llamado CARLOS y comenzaron a revisar todo les dije que el no estaba y preguntaron por el dueño de la finca llamado PAULINO RUBIO, fui y le toque la puerta del cuarto donde este estaba durmiendo, pero como este no se paro uno de los tipo me dijo que le dijera al señor PAULINO que ellos estaban buscando a CARLOS como a los quince (15) minutos de haberse ido estos tipos escuche dos disparos no salí sino como a los diez minutos después por temor cuando me asome a la calle vi un bulto sobre la carretera y pensé que era CARLOS, regrese y llame al señor PAULINO nos acercamos al bulto que estaba en la carretera y nos dimos cuenta de que era CARLOS, este se quejaba y yo Salí corriendo a buscar ayuda no la conseguí y CARLOS murió ahí tirado A preguntas formuladas respondió, al que le dicen el NENE es un poquito alto, cuadraito, como de 22 o 23 años de edad, otro era morenote estatura normal, de contextura recular no recuerdo muy bien sus caras, pero si los vuelvo a ver los reconocería de inmediato...es todo.
7.-¬ Acta de entrevista del ciudadano LOSADA LOSADA PAULINO, venezolano de 82 años de edad, natural de Santiago la Quebrada del Municipio la Quebrada, residenciado en el sector La Eta, vía el Dique, parcela 242 de la Población del cenizo, estado Trujillo, titular de la cédula de identidad n° V- 2.055.428, rendida ante el despacho del Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas Sub Delegación Valera, quien manifestó lo siguiente: "yo me encontraba durmiendo y unos tipos entraron a la casa y me llamaron al cuarto diciéndome que me parara para que habláramos, les dije que no me iba a levantar y luego escuche mas bulla, al rato escuche dos disparos y FRANCISCO me llamo diciéndome que habían tirado a CARLOS y me pido que me levantara para que fuéramos a ver, fuimos y estaba tirado en el piso CARLOS quien todavía estaba vivo tenia una mano puesta en el pecho y estaba pidiendo auxilio, luego Francisco y yo salimos a buscar un carro pero no conseguimos a nadie, luego nos devolvimos y CARLOS ya estaba muerto."
8. Acta de entrevista del ciudadano RIVERO LEON LUIS ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° V- 10.401.639, residenciado en la Urbanización el Trompillo, calle principal, casa n° 23 de Sabana de Mendoza del estado Trujillo, rendida ante el despacho del Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas sub. Delegación Valera, quien manifestó lo siguiente "el día jueves 27 de septiembre del 2007 como a las once horas de la noche yo estaba en mi casa cuando recibí una llamada a mi teléfono celular de parte del ciudadano JOSE ARAUJO a quien apodan EL NEGRO y quien es el encargado de mi finca, esta persona al preguntarle que era lo que pasaba me dijo textualmente con voz bastante asustada TUVE UN POBLEMA CON CALA y LE PEGUE UN TIRO, Le pregunte como había sido este problema y me dijo que CALA había llegado a la finca a buscarle problemas entonces tuve que darle un disparo En vista de esto me dirigí hasta el comando de POLISUCRE a buscar a unos funcionarios para que me acompañaran, cuando íbamos por la vía antes de llegar a mi finca, nos conseguimos una patrulla de POLISUCRE estacionada a un lado de la vía y nos mandaron a bajar y observo que en la orilla de la carretera se encontraba el cadáver de CALO.. .Luego varios funcionarios y yo nos fuimos a mi finca y nos dimos cuenta de que EL NEGRO ya no se encontraba en la finca se había ido con su esposa de nombre MAGAL Y y con los hijos de esta también conocidos como el BEBE y EL CHINO, igualmente me percate de que no estaba un muchacho que trabajaba ahí y que le dicen el GUAJIRO debajo de un escaparate dentro de uno de los cuartos encontramos una escopeta así como unos machetes. Todo propiedad de el negro. A PREGUNTAS formuladas respondió Bueno el negro me llamo como a las once de la noche del día 27 de septiembre del 2007 y me dijo que había tenido un problema con CALO y que le había tenido que dar un tiro, y que con el lo acompañaban los hijos de su mujer conocidos como EL BEBE y EL CHINO Y otro sujeto conocido como el GUAJIRO A mi una vez el propio CALA me dijo que tenia amoríos con la mujer del negro y presumo yo que pudo haber sido por esta razón.....”
9. Acta de Entrevista, del ciudadano PEÑA VILLARREAL MARIO JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° V-10.318.909 residenciado en el sector Salto, municipio Miranda casa SIN del estado Trujillo, rendida ante el despacho del Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas sub. Delegación Valera, quien manifestó lo siguiente: "yo salí de mi casa a las 7 horas de la noche y me fui para la finca del señor PAULINO donde trabaja mi hermano FRANCISCO GODOY.... Estaba un muchacho de nombre JEAN CARLOS MaNTILLA quien trabajaba como ordeñador en esa finca, este ciudadano me dice que lo acompañe a resolver un problema y caminamos un kilómetro después de la Finca, me dijo que me escondiera en una mata del tipo Lara, el siguió caminando hacia la hacienda donde el trabaja, pero el ya me había dicho que iba a esa casa a hablar con los chamos por un problema con una muchacha y a los ocho (8) minutos mas o menos escuche un disparo y comencé a correr y luego escuche otro disparo y brinque la cerca y pase por dos potreros y me tire por una cerca de púas fue cuando me corte la frente de ahí perdí el conocimiento". Es todo.
10. Acta de Entrevista al ciudadano MONTILLA RONDON JOSE ELIRIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° V- 9.103.876, residenciado en el sector 05 de enero, calle principal, casa n° 22 de la Población de San Juan de Los Desbarrancados del Municipio Bolívar del estado Trujillo, rendida ante el despacho del Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas sub. Delegación Valera, quien manifestó lo siguiente: "yo me encontraba trabajando en un puesto de verduras que es de mi propiedad y a eso de las ocho de la mañana del día 28 de septiembre del 2007. se me acerco un señor que trabaja en una funeraria y un reportero del diario los andes y me mostraron una foto de un muchacho y me dijeron que era mi hijo, yo les manifesté al ver la foto que si era mi hija, y me vine hasta la morgue del Hospital de Valera y constate la información, es todo.
11. Informe Médico N° 1837 de fecha 28 de septiemt5're del 2007, el cual le fue practicado al ciudadano MARIO JOSE PEÑA titular de la cédula de identidad N° V- 18.034.619 donde presento; Herida infructuosa de 3 centímetros no saturada en región frontal, estado general satisfactorio, lesiones de carácter leve, tiempo de curación de ocho (8) días a partir de la fecha de la lesión, privación de ocupaciones de cinco (5) días, asistencia médica legal, cicatrices no precisa. Es todo.
12. Autopsia n° 1842 de fecha 02 de octubre del 2007, la cual fue practicada por el médico Anatomopatólogo Forense BENIGNO VELASQUEZ, al cadáver del ciudadano quien en vida respondía al nombre de JHOAN CARLOS MONTILLA GONZALEZ, Examen Externo, cadáver de sexo masculino, con 27 años de edad, contextura delgada, con aproximadamente 71 kilogramos de peso y 1,70 CMTS de estatura, de piel morena, con tatuaje decorativo en ante brazo izquierdo, cabello negro ojos pardos. Presenta herida por arma de fuego en el Tórax, sin orificio de salida. Lesiones contusas a nivel parietal del cuero cabelludo de bordes separados, mide 4,2 CTMS. Lesiones contusas excoriadas a nivel Frontal izquierda y temporal derecha con perforación semi circular en el pabellón auricular derecha. Rasgos cadavéricos caracterizados por rigidez general con livideces dorsales móviles. EXAMEN INTERNO CABEZA: hemorragia sub cutánea parietal del cuero cabelludo. Cráneo y encéfalo sin lesiones.. CUELLO sin lesiones supra infrahioidea Glotis y Epiglotis sin lesiones columna cervical sin lesiones. TORAX y ABDOMEN herida por arma de fuego con orificio de entrada de 4, 5 x 4 Centímetros que abarca la 6ta, 7tima y 8va, costilla para esternal izquierda con halo de contusión y sin tatuaje. Trayecto de delante hacia tras de izquierda a derecha de arriba hacia abajo, produce perforaciones en arcos costales. Estomago, Hígado, Páncreas, Bazo Mesenterio, Pulmón Izquierdo y Colón transverso con incrustaciones de perdigones a nivel de la columna dorsal y arcos costales, recuperándose cuatro perdigones deformados. CONCLUSIONES cadáver masculino de 27 años de edad presenta Hemorragia interna por herida de arma de fuego de proyectiles múltiples al tórax sin tatuaje, con perforaciones al higado, estomago, pulmón izquierdo, colon mesenterio, con fracturas de arcos costales, presenta además perforación en pabellón de la oreja derecha y lesión contusa con herida en cuero cabelludo. Causa de la Muerte Hemorragia Interna, por herida de arma de fuego al Tórax. Observaciones hay Olor Visceral etílico.
13.- Acta de Levantamiento de cadáver N° 13 de fecha 28-09-07, identificación del cadáver Nombre JHOAN CARLOS MONTILLA GONZALEZ , C.I 14.513.802, Edad 27 años, Sexo Masculino, Raza Mezclada, estatura 1,70 Centímetros, posición de cubito Dorsal, DATOS DEL SUCESO Lugar del Suceso Vía El cenizo, fecha del Suceso 27-09¬07, hora 9:00 PM Data de la Muerte 12 a 16 Horas. Reconocimiento del Cadáver Descripción Examen Externo Cadáver Masculino que presenta Tatuajes decorativo en ante brazo izquierdo. Herida Oval de 0,9 centímetros en región anterior del Hemitorax izquierdo en la base que semeja Orificio de entrada si orificio de salida. Herida contuso cortante de borde irregulares de 4,2 centímetros en cuero cabelludo de la región parietal izquierda, contusión excoriada a nivel de la región frontal izquierda. Temporal derecha. Lesión perforativa en pabellón auricular Derecha. Muerte violenta Presuntiva Homicidio, Comisión del Hecho Arma de Fuego, Tipo de Herida proyectil único Posición Anatómica Tórax.
14.- Experticia de reconocimiento Técnico y Diseño N° 272 de fecha 13 de octubre del 2008.1a cual fue practicada por el Agente BRICEÑO LUIS adscrito al Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales Y Criminalísticas sub. Delegación Valera, a la Sal Técnica en este caso se expuso lo siguiente 1.- a los efectos me fue suministrado tres objetos que resultaron ser armas blancas de los denominados MACHETES todos marcas GAVILAN constituidos por una hoja de corte elaborada en metal, presenta signos de oxidación, el primero de ellos presenta las siguientes características longitud de de 70 centímetros, de los cuales 58 pertenecen a la hoja de corte y 12 centímetros pertenecen a la empuñadura, el número dos presenta una longitud de 71 centímetros, de los cuales 58 sonde de la hoja de corte y 12 centímetros pertenecen a la empuñadura, y el número tres presenta una longitud de 72 centímetros, de los cuales 58 sonde de la hoja de corte y 12 centímetros pertenecen a la empuñadura CONCLUYENDO que las piezas descritas son consideradas armas blancas de las denominadas MACHETES y es una pieza cortante de uso domestico, labores de carnicería y agrícolas, otro uso dado por su propietario queda a criterio de este.
15.- Acta de Investigación Penal de fecha 16 de enero de 2008, la cual fuese suscrita por los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones científicas Penales y Criminalisticas :SUb. delegación Valera del Estado Trujillo, continuando con las investigaciones del caso se constituyo una comisión con los funcionarios Inspector Jefe RAFAEL FERNANDEZ, Detective Luís CAPIELO y Agente JESÚS SERRANO quienes se trasladaron hasta el sector la quinta, Parroquia Cheregue del Municipio Bolívar del estado Trujillo, con la finalidad de ubicar y citar a una ciudadana identificada como DORIS quien es la progenitora del ciudadano ARAUJO JOSÑE ESPEDITO apodado el NEGRO... .se ubicaron a unos moradores del sector quines indicaron una residenciada de la ciudadana, la cual no tiene número, una vez en la residenciada la comisión fue atendida por una ciudadana quien se identifico de la siguiente manera ARAUJO RONDON DORIS DEL CARMEN venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° v¬7.950.278, residenciada en el sector la quinta, Parroquia Cheregue de la Zona Baja, del Municipio Bolívar del Estado Truj iIIo , se le solicito la ubicación de su hijo el ciudadano ARAUJO JOSE ESPEDITO apodado EL NEGRO, manifestó que la ultima vez que sostuvo comunicación con el fue en el mes de Julio del 2007 que la fue a visitar y hasta los momentos desconoce su paradero. Es todo.
16.- Acta de entrevista Penal, de fecha 17 de enero del 2008, rendida por la ciudadana ARAUJO RONDON DORIS DEL CARMEN venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° v- 7.950.278, residenciada en el sector la quinta, Parroquia Cheregue de la Zona Baja, del Municipio Bolívar del Estado Trujillo, ante el despacho del Cuerpo de Investigaciones científicas Penales y Criminalísticas Sub. delegación Valera del Estado Trujillo, donde expuso lo siguiente soy la mamá del ciudadano apodado EL NEGRO él se llama ARAUJO JOSE ESPEDITO lo que puedo decir de él es que no se su paradero, lo único que se es que el al parecer mató a un muchacho en el Cenizo el 27 de septiembre del 2007, es todo.
Señaló el Representante Fiscal que ya que se evidencia que la persona que causo la muerte al ciudadano Jean Carlos Montilla González, es el ciudadano ARAUJO JOSE ESPEDITO, es por lo que considero, que se encuentran llenos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, adicionalmente se verifica una presunción razonable de peligro de Fuga contenida en el artículo 251 numerales 2 y 3, es decir la pena Que podría llegarse a imponer es bastante alta por tratarse del delito de Homicidio Simple y la magnitud del daño causado debido a que estamos en presencia de la violación del derecho y el bien jurídico tutelado mas preciado por el ser humano, y garantizado por cualquier legislación del Mundo, como es el derecho a la vida; y la presunción legal de fuga establecida en el Parágrafo primero en el mismo articulo donde lógica y evidentemente el delito simple es superior a los diez años; y adicionalmente por existir peligro de Obstaculización en la investigación, porque se dan los supuestos contenidos en el numeral 2 del Artículo 252 del precitado Código adjetivo Penal, Todo esto aunado a que por su propia condición de funcionario público de la Guardia Nacional, del imputado, puede influir para que testigos y familiares del hoy occiso ( victimas) se comporten de manera desleal o reticente o informen falsamente con posterioridad en este proceso, lo cual se pudiese lograr eventualmente, por medio de la amenaza o incluso por acciones físicas, aunado a que el referido ciudadano presenta prontuario policial, a tenor de lo estipulado en los numerales 4 y 5 del Artículo 251 eiusdem.
Aunado a ello, es procedente decretar la medida solicitada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 253 ibidem, en virtud de que el hecho tipo calificado, excede de tres años en su limite máximo, aunado al hecho de que efectivamente consta en las actuaciones consignadas por el Representante Fiscal que el referido ciudadano no ha sido localizado pese a la serie de diligencia practicadas por ese despacho a los fines de que el mismo comparezca y no ha sido localizado por los organismos comisionados, considera quien aquí decide que lo procedente en el presente caso es decretar la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano JOSE ESPEDITO ARAUJO.
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 05, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, llenos como se encuentran los extremos de los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal numerales 1°, 2° y 3° y 251 del referido Código Orgánico Procesal Penal y el 252 ordinal 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal Decreta La PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano JOSE ESPEDITO ARAUJO, venezolano soltero, de 28 años de edad, nacido en fecha 30-03-1.979, C.I. V- 14.459.956, residenciado en el sector la Quinta, carretera Panamericana, casa sIn, Parroquia Cheregue, por ser el autor del delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano; en perjuicio del ciudadano MONTILLA GONZALEZ JEAN CARLOS, y por cuanto se encuentra en libertad se ordena LA APREHENSION. Se comisiona para la práctica de la presente Orden de Aprehensión en virtud de haber decretado la Privación Judicial Preventiva de Libertad a todos los organismos de investigación, seguridad y orden público regional y nacional. Ofíciese lo conducente.-
La Juez de Control Temporal N° 05
SARELYS AGUILAR La Secretaria
MAGALY CASTRO