REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO
Tribunal de Ejecucion Sección Adolescentes
TRUJILLO, 3 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-D-2005-000049
ASUNTO : TP01-D-2005-000049

RESOLUCION DE EJECUTESE DE LA SANCION Y DEL CESE DE LAS MEDIDAS RESTRICTIVAS DE LA LIBERTAD:

Revisada la causa proveniente del Tribunal de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, a los fines de la Ejecución de la Sentencia Absolutoria decretada por ese Tribunal en fecha 31 de enero de 2008, en la causa seguida al adolescente ____por la comisión del delito de Hurto Calificado, en agravio de VICTOR ATILIO LINARES FERNANDEZ, éste Tribunal observa:
UNICO: Que en la fecha indicada el Tribunal de Juicio, acordó ABSOLVER al ciudadano adolescente ____ del delito por el cual fue acusado por el Ministerio Público, consistente en el delito Hurto Calificado, en agravio de VICTOR ATILIO LINARES FERNANDEZ,, tomando en cuenta que la acción penal quedó extinguida de conformidad con lo establecido en el literal “i” del la Ley Orgánica para la Protección del niño y del adolescente.
Por las razones antes indicadas, éste TRIBUNAL DE EJECUCION SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA dictada por el Tribunal de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en fecha 31 de enero de 2008, a favor del adolescente _____ venezolano, de ___ años de edad, soltero, nacido en fecha ____ en la Ciudad de Valera Estado Trujillo, Titular de la Cédula de Identidad N° ___residenciado _____SEGUNDO: Se acuerda el Cese de las restricciones que puedan existir decretadas con ocasión de la presente Causa. TERCERO: Se ordena la remisión de la presente Causa al Archivo Central, por encontrarse definitivamente firme lo decidido. Notifíquese a las partes, líbrense las correspondientes Boletas de Notificación. Déjese constancia de la presente Resolución. -
El Juez de Ejecución


Abg. Jesús Amado Rivero Álvarez La Secretaria


Abg. Yrliana David Carmona.

TP01-D-2005-000049