REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO
Tribunal de Ejecucion Sección Adolescentes
TRUJILLO, 7 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TV01-D-2001-000002
ASUNTO : TV01-D-2001-000002
ORDEN DE CAPTURA:
Vistas las exposiciones formuladas por el Jefe del CECOFAS Valera, TSU RICHARD VILORIA NEGRON, emitidas mediante comunicación No.008, recibida el 23-01-08, , quien manifestó que el joven____ no ha dado cumplimiento a la medida de Libertad Asistida y reglas de conducta decretadas por éste Tribunal. Visto igualmente que el mencionado ciudadano ha sido notificado en dos oportunidades a través de su progenitora ____y de su hermano ____ en la dirección señalada en autos y no ha comparecido el sancionado, sin razón justificada. Este Tribunal procediendo de acuerdo a lo previsto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, lo DECLARA EN REBELDÍA y en consecuencia, ORDENA LA CAPTURA del ciudadano ____venezolano, de ____ años de edad, soltero, nacido en fecha ____en la Ciudad de Trujillo, Portador de la Cédula de Identidad N° ____ residenciado en la ____Líbrense las comunicaciones respectivas y remítanse al Comandante del Destacamento No.15 de la Guardia Nacional, así mismo, al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegaciones Valera y Trujillo del Estado Trujillo y a la Dirección de Seguridad Ciudadana y Orden Público de la Gobernación del Estado Trujillo para que la transmita a sus diferentes Departamentos Policiales. Una vez lograda la captura del mencionado adolescente, deba ser remitido al Reten del Departamento Policial No.10 de la Policía del Estado y comunicar inmediatamente a éste Tribunal quien tomará las medidas de aseguramiento necesarias. Cúmplase lo ordenado.-
El Juez de Ejecución Nº 01
Abog. JESUS AMADO RIVERO ALVAREZ
La Secretaria
Abogda. YRLIANA DAVID CARMONA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
TV01-D-2001-000002