LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
SOLICITUD Nº S-1232
SOLICITANTES: MARIANYELA CAROLINA FERRINI.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

I N A R R A T I V A:

Se inicia este procedimiento judicial y no contencioso de SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE ELBA ROSA DUARTE BECERRA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.770.874, falleció Ab-Intestato, en la jurisdicción del Municipio Trujillo Estado Trujillo, en fecha 13 de Noviembre de 2006, según Acta de Defunción Nº 245, del año 2006, expedida por el Registrador Civil de la Alcaldía del Municipio Trujillo Estado Trujillo, formulada por la ciudadana MARIANGELA CAROLINA FERRINI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.014.768, de este domicilio, asistida por el Abogado ejerciente ERMISON JOSE FERRINI, Inpreabogado Nº 102.755, quien procedió a ejercer su derecho como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de las reclamaciones pecunarias derivadas de su trabajo o cualquier derecho que les correspondan tanto a ella como a los ciudadanos LUIS ALBERTO DUARTE, JUDITH DEL VALLE GOMEZ DE MONTILLA, ITALO JOSE, VIOLETA DEL CARMEN, LILIANA JOSEFINA, EDIXON ENRIQUE Y RENZO JAVIER FERRINI DUARTE, respectivamente, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.317.489, 11.132.422, 14.151.146, 16.014.768, 17.036.705, 17.036.700, 16.014.769 y 18.377.273, en su condición de hijos de la referida causante.-
Cursan en autos: Acta de Defunción, Actas de nacimientos y justificativo de testigos.
Admitida la Solicitud en fecha 13 de julio de 2007, se acordó el emplazamiento de los interesados y Sucesores Desconocidos mediante Cartel publicado en un Diario de amplia circulación de esta localidad (Los Andes) en fecha 17 de septiembre de 2007.
Vencido el lapso concedido en el Cartel ordenado sin que alguien concurriere. Por auto de fecha 20 de diciembre de 2007 la suscrita juez temporal se avocó al conocimiento de la presente causa y bajo estas premisas se procede a decidir bajo los siguientes:


II.- M O T I V A C I O N E S:

En lo que respecta a los mayores hijos de la referida causante, LUIS ALBERTO DUARTE, JUDITH DEL VALLE GOMEZ DE MONTILLA, ITALO JOSE, MARIANGELA CAROLINA, VIOLETA DEL CARMEN, LILIANA JOSEFINA, EDIXON ENRIQUE Y RENZO JAVIER FERRINI DUARTE, respectivamente, de cuyas Actas de Nacimiento signada con los Nros. 1498, 2048, 67, 145, 9, 10, 140 Y 34, de fechas 29 de septiembre de 1969, 08 de noviembre de 1971, 04 de junio de 1979, 02 de octubre de 1981, 19 de enero de 1983, 23 de enero de 1984, 03 de noviembre de 1980 y 24 de febrero de 1986, asentadas las dos primeras por la Prefectura del Municipio Cristóbal Mendoza del estado Trujillo y las demás por la Prefectura de la Parroquia Monseñor Carrillo, Municipio y Estado Trujillo, se evidencia que la finada ELBA ROSA DUARTE BECERRA, era la progenitora de los mencionados y por consiguiente tienen vocación en su Sucesión, según el Artículo 822 del Código Civil Venezolano, quedando en todo caso a salvo derechos de terceros, y así se declara.

III. D I S P O SI T I V O:

En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario, del Tránsito y Obligación Alimentaría de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que se provee y al efect o conforme a lo dispuesto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA DE CUJUS ELBA ROSA DUARTE BECERRA, a sus mayores hijos LUIS ALBERTO DUARTE, JUDITH DEL VALLE GOMEZ DE MONTILLA, ITALO JOSE, MARIANGELA CAROLINA, VIOLETA DEL CARMEN, LILIANA JOSEFINA, EDIXON ENRIQUE Y RENZO JAVIER FERRINI DUARTE, respectivamente, todos identificados en actas, dejando a salvo eventuales derechos de terceros.
No es necesario notificar de la presente decisión por cuanto se dicta y publica en el término de Ley.
Publíquese y Regístrese.
Devuélvanse originales con sus recaudos a la interesada y expídanse las copias certificadas que solicite la misma.
Dado, sellado, firmado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario, del Tránsito y Obligación Alimentaría de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en Valera, a los siete días del mes de marzo de Dos Mil Ocho. 197º y 148º.

La Juez Temporal,

Abg. LUZ SALOME MATHEUS QUINTINI.

La Secretaria Temporal,

Abg. KARLA CONTRERAS.

LSMQ/KC/dmdf.
Solicitud Nº S-1232.

En la misma fecha se publicó y copió la anterior decisión, siendo las 1:30 p.m.-

La Secretaria Temporal,

Abg. KARLA CONTRERAS.