REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA,
ESCUQUE, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y MOTATAN
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
197° Y 148°



En horas de despacho del día de hoy trece (13) de marzo del año dos mil ocho ( 2008) , siendo las nueve (09:00) de la mañana; día y hora fijados para cumplir con la comisión emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo; se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio indicado por la parte actora, representada en este acto por el abogado ALEXANDER DURAN, titular de la cedula de identidad N° 10.912.772 e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 60.981, en un inmueble ubicado en Calle 10, entre Avenidas 13 y 14 de la ciudad de Valera Estado Trujillo, se llamo a las puertas del inmueble siendo atendido por el ciudadano FREDDY VAZQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 4.059.851 a quien el Tribunal notifica de su misión, el cual expreso que para este momento el es el Depositario Judicial del inmueble objeto de esta medida, según consta en actas de fechas 06 de mazo del 2008 de este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Urdaneta, San Rafael de Carvajal, Motarán y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo y dijo ser la única persona que se encuentra dentro del inmueble. El Tribunal visto lo expuesto por el Depositario encargado de la guarda y custodia del inmueble ubicado en Calle 10, entre Avenidas 13 y 14 de la ciudad de Valera Estado Trujillo, el Tribunal se ABSTIENE de ejecutar la medida visto que no se encuentra en posesión del inmueble el ciudadano SIMON ENRIQUE ANDARA, titular de la cedula de identidad N° 1.400.859 quien es el Amparado, ni tampoco el ciudadano JUAN VICENTE BARBIERI MANZANILLA, titular de la cedula de identidad N° 7.818.935, quien debería ser notificado de no perturbación en la Posesión. En consecuencia ordena remitir el expediente al Tribunal comitente previo registro de su salida en los libros respectivos y enviar copias fotostáticas certificadas del acta de fecha 06 de marzo del 2008 de la medida de revocatoria ejecutada por este Tribunal Ejecutor y no teniendo nada mas que practicar ordena el regreso a su sede. Se deja constancia en este acto estuvo presente la Sargento Primero MERCEDES GODOY, titular de la cedula de identidad N° 8.724.155 adscrita al Departamento Policial N° 20 del Municipio Valera del Estado Trujillo. Termino, se leyó y conformen firman a las diez y veinte (10:20) de la mañana.
El Juez Temporal

Abg. Luís C. Moreno P.
El Depositario Judicial Notificado

Freddy Vásquez

El Abogado Asistente del Amparado Simón Andará

Alexander Duran
Funcionario Policial

Mercedes Godoy

El Secretario Titular

Abog. Gaudy A. Colmenares M.

COMISION N° 2459-2008