REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, seis de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : TP11-R-2007-000074
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN
En la ciudad de Trujillo, el día de hoy, jueves veintiocho (28) de febrero del año dos mil ocho (2008), siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la AUDIENCIA DE APELACIÓN en el presente proceso judicial contenido en el ASUNTO Nº TP11-R-2007-000074, respecto a la sentencia dictada en fecha 22-10-07 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, se hizo presente en la Sala de Audiencia de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, el Juez Superior del Trabajo Abg. ADRIÁN MENESES, quien solicita a la Secretaria Abg. YOLIMAR COOZ, verifique la presencia de las partes, encontrándose presente la parte actora- apelante ciudadano EDGAR CASTELLANO SULBARAN, titular de la cédula de identidad N° 9.315.872 representado por sus apoderados judiciales ABG. YANET PIRELA y ABG. VICTOR BARROETA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los N° 88.654 y 114.685, respectivamente y el apoderado judicial de la parte co-demandada-apelante, ABG. JOSÉ RAFAEL MALDONADO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 31.913. Acto continuo el Juez se dirige a las partes e informa el motivo de la comparecencia, las normas que regirán durante la Audiencia Oral y la importancia del acto. Seguidamente el Juez hizo un resumen de la audiencia celebrada en fecha 07-02-08, dando oportunidad a las partes de que celebren un acuerdo haciendo uso de los medios alternos de resolución de conflictos. De seguidas, la parte demandada ofrece a la actora cancelar la cantidad de TREINTA Y DOS MIL BOLIVARES FUERTES, (32.000 Bs. F) mediante Cheque de Gerencia a nombre del trabajador ciudadano Edgar Enrique Castellanos Sulbarán, el día Viernes 07 de Marzo de 2.008, a ser consignado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito en horas de despacho. Asimismo, las partes convienen que en caso de incumplimiento se procederá a la ejecución del fallo por el monto condenado en la sentencia del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, por la cantidad de Bs. 59.406.522,09, mas los intereses moratorios constitucionales, indexación o corrección monetaria, quedando sin efecto el acuerdo relativo a los 32.000 Bs. F. En este estado la parte actora manifestó que una vez materializado el cobro aquí señalado, nada más que reclamar por los conceptos antes señalados ni por los que se deriven de la relación de trabajo. El presente acuerdo incluye los siguientes conceptos: Prestación de Antigüedad, intereses sobre prestación de antigüedad, vacaciones vencidas y no disfrutadas, bono vacacional no disfrutado, utilidades cumplidas, utilidades fraccionadas, Indemnización sustitutiva de preaviso, Indemnización por despido. Se ordena la remisión de la presente causa al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial a los fines de homologar el presente acuerdo, una vez que se haya efectuado la entrega del cheque de gerencia. Se deja constancia que la Audiencia fue reproducida en forma audiovisual con la maquina digital Handycam, serial 120 X, marca Sony, de conformidad con el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para lo cual se cuenta con la presencia del Técnico en Audiovisual PIETRO CICCALÉ. Se da por terminada la presente Audiencia de apelación. Las partes conformen firman.
EL JUEZ SUPERIOR DEL TRABAJO,
ABG. ADRIÁN MENESES
Parte demandante Apoderados Judiciales parte demandante,
Representante Legal de la empresa demandada,
Apoderado Judicial de la Parte demandada
LA SECRETARIA,
Abg. Yolimar Cooz
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