REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 3

Barquisimeto, 17 de Marzo de 2008
Años: 197º y 149°

ASUNTO Nº KP01-P-2006-005072


RESOLUCIÓN SOBRESEIMIENTO POR MUERTE DEL IMPUTADO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 318 ° 3 Y 48 ° 1 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL.


DE LOS HECHOS.

Cursa en autos, que en fecha 24 de Agosto del año 2005, compareció por ante la Fiscalia Primera el ciudadano Orlando Alberto Correo, el cual manifestó, que en fecha 22/08/05, se entero por medio de la prensa regional, de la captura de unos extorsionadores que fueron capturados por la Guardia Nacional, entre los cuales se encontraban los ciudadanos JOSÉ GREGORIO MARTÍNEZ JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.640.196 y LUIS ENRIQUE PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº 18.058.102.



Ahora bien de los hechos anteriormente esgrimidos se desprende que si bien se produjo la presunta comisión de un hecho punible como lo es el Delito de ROBO de VEHÍCULO, cursa al Folio Nº 59, Copia Certificada de la Tarjeta de Registro de Mortalidad General (EPI-13) MSDS 0771118, Certificado Nº 079, correspondiente al ciudadano JOSÉ GREGORIO MARTÍNEZ JIMÉNEZ suscrito por el Medico Ismael Chrinos. Asimismo; cursa al folio Nº 60 Copia del Certificado de Defunción Nº MS Nº 1058814, Certificado Nº 2198, correspondiente al ciudadano LUIS ENRIQUE PIÑA, emanada del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Dirección de Epidemiología e Investigación del Estado Lara, es por lo que este Tribunal verificado como fueron la Copia Certificada de la Tarjeta de Registro de Mortalidad General y el Certificado de Defunción, conforme lo señalado en los artículos 48 ordinal 1º y 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, Se Decreta la Extinción de la Acción Penal por Muerte del Imputado y en consecuencia el Sobreseimiento de la Causa, conforme lo establecido. Y ASÍ SE DECIDE..

DISPOSITIVA

Por razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control N° 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: La Extinción de la Acción Penal y en consecuencia El Sobreseimiento de la Causa, Seguida a los ciudadanos José Gregorio Martínez Jiménez y Luis Enrique Piña, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 48 Ordinal 1º y 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por muerte de los imputados. SEGUNDO: Se Ordena el traslado de los ciudadanos Henry Antonio López Colmenarez y Castillo Edwin Ramón a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Lara, para Acto de Imputación Formal.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.

EL JUEZ


ABG. LUIS MARTINEZ


EL SECRETARIO


ABG. LUIS RIVERO