Quibor, 10 de Marzo del 2008.
197° y 149°

EXP. N° 1461
PARTES: CARLA JOSEPH NUÑEZ RIVAS, C.I. N° V- 11.663.164.
SONMER DAVID GOMEZ LOPEZ, C.I. N° V-11.202.942.

BENEFICIARIO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

MOTIVO: JUICIO DE ALIMENTOS
Vista la CONCILIACION a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto a los folio Ciento Setenta y Dos (172) y folio Ciento Ochenta y Nueve (189) respectivamente suscrito por los Ciudadanos: CARLA JOSEPH NUÑEZ Y SONMER DAVID GOMEZ, Titulares de las Cédulas de Identidad N° V-11.663.164. Y 11.202.942, por cuanto tal actuación no es contraria al interés de:XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Se ordena aperturar Cuaderno de Cumplimiento Alimentario y agregar copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación. Cúmplase.
LA JUEZ

DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE

LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA
Exp. N° 1461.