REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 23 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-004101
ASUNTO : TP01-P-2007-004101

RESOLUCION DE SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO


En horas del día de hoy 23 de Mayo del 2008, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial de Verificación de Condiciones en la presente causa, se constituyó este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo de la Juez Abg. Juleny Rosas, quien se avoca al conocimiento de la presente causa, acompañada del secretario de Sala Rolando Briceño, a los fines de dar inicio al acto se verifica la presencia de las partes dejando constancia que se encuentran presentes: El Fiscal Noveno del Ministerio Publico Rafael Salas, la defensora Publica Maria Claudia Antonello, el imputado Manuel Fernando Mendoza, la representante de la victima ciudadana Eysel Louis Fernández de Coronado, la victima adolescente Joel Fernando Coronado Fernández. La Juez dio inició al acto, informando del motivo e importancia de la misma.

DEL DERECHO DE ESCUCHAR A LA REPRESENTANTE DE LA VICTIMA

Acto seguido se le concedió la palabra a la representante de la victima ciudadana Eysel Louis Fernández de Coronado quien expone: el no se ha vuelto a meter con mi hijo.

DE LA OPINION DEL FISCAL

Cedida la palabra al Fiscal IX del Ministerio Público quien manifestó: esta Fiscalia no ha tenido ningún tipo de denuncia con respecto al adolescente, y no tengo objeción con que se decrete el sobreseimiento en la presente causa.

DEL ACUSADO

Acto Seguido se le dio el derecho de palabra al Imputado quien impuesto del precepto constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de las generales de ley se identifico como Manuel Fernando Mendoza Calderón , titular de la cédula de identidad N° 5.352.018, de 48 años de edad, nacido en fecha 17-07-59, casado, medico, hijo de Louis Fernando Mendoza y Emerita Calderón de Mendoza, natural de trujillo Estado Trujillo, domiciliado en los rios, sector villa hermosa calle 9, casa NN° 175, Municipio pampanito del Estado Trujillo , expuso: yo cumplí con todo lo que se me pidió en la pasada audiencia y solicito el cierre de la causa.

DE LA DEFENSA

Acto seguido se otorgó el derecho de palabra al Defensor Público Abogada Maria Claudia Antonello : visto que se cumplió el tiempo de régimen de prueba y pro cuanto mi defendido cumplió, solcito se decrete el sobreseimiento de la causa a favor de mi defendido.

DECISION EXPRESA DEL TRIBUNAL

Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: En fecha 31-10-2007 se realizo audiencia preliminar en donde se decreto”… ,.- decreta: PRIMERO: se admite la acusación interpuesta por le Ministerio Público contra el ciudadano: MANUEL FERNANDO MENDOZA, venezolano, de 48 años de edad,, titular de la cédula de identidad N° 5.353.018 , natural de Trujillo estado Trujillo , de ocupación Medico, hijo de Luis Fernando Motero y Ermita Caldero de Mendoza, residenciado en el, sector pampanito, casa N° 175, de la urbanizaron los ríos calle N° 09, sector villa hermosa, Estado Trujillo, Por el delito de LESIONES INTENCIONMALES LEVES, prevista y sancionado en el articulo 416 deL CODIGO PENAL cometido contra el ciudadano: JOEL FERNANDO CORONADO FERNANDEZ Segundo: Como quiera que el acusado admitió los hechos y solicito la suspensión condicional del proceso no habiendo oposición por parte del Ministerio Público y de la víctima de acuerdo con el artículo 42 del Texto Penal Adjetivo y dado que la pena no excede tres (03) años en su limite máximo se acuerda la suspensión condicional del proceso por (4) MESES, quedando sujeto a las siguientes condiciones: Mantener el domicilio indicado por este Tribunal, no acercarse a la victima ..”; Evidenciado el cumplimiento cabal y total de las condiciones que le fueron impuestas en su oportunidad y finalizado el Régimen de Prueba, oídas las partes de conformidad con el artículo 45 en concordancia con el artículo 48 numeral 7° y 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el sobreseimiento por cumplimiento al regimen de prueba de las condiciones impuestas al acusado en fecha 31-10-2007, de la causa seguida al ciudadano Manuel Fernando Mendoza Calderón , titular de la cédula de identidad N° 5.352.018, de 48 años de edad, nacido en fecha 17-07-59, casado, medico, hijo de Louis Fernando Mendoza y Emerita Calderón de Mendoza, natural de Trujillo Estado Trujillo, domiciliado en los ríos, sector villa hermosa calle 9, casa N° 175, Municipio pampanito del Estado Trujillo por el delito de LESIONES INTENCIONMALES LEVES, prevista y sancionado en el articulo 416 deL CODIGO PENAL cometido contra el ciudadano: JOEL FERNANDO CORONADO FERNANDEZ. Tómese la presenta acta como resolución , al cual se basa en los artículos 1,6,7,8,9,10,11,12,13,42,43,44,45,318 numeral tercero y 324 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 2,3,26y 257 constitucional. Remítase las presentes actuaciones a archivo y cierres la causa informativamente. Quedando todas las partes notificadas de la presente decisión. Cúmplase.

Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.


El Juez de Control N° 04

El Secretario

Abg. Juleny Rosas Bravo


Abg. Maria Moreno