Visto el escrito presentado, por el fiscal segundo del Ministerio Público, donde informar al Tribunal que en la investigación signada, con el número D21-P-2208-3132 seguida a los ciudadanos, Jean Paul Ruiz Villegas y Reinaldo Alex Campo, ese despacho fiscal decretó el Archivo de las actuaciones, razón por la cual este Tribunal de Control No. 7, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el cese de cualquier medida cautelar que pese sobre el imputado en le presente causa y el cierre electrónico, de la presente causa, así como su envío de la causa física al archivo central. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Dada firmada y sellada, en la sede del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, a los quince días del mes de mayo del año 2008-