REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 22 de Mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2005-002018
ASUNTO : TP01-P-2005-002018
En horas del día de hoy 20 de mayo de 2008 a las 09:00 de la mañana, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la causa seguida al imputado LUIS ENRIQUE MATERAN MONTILLA, se constituyó este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo del Abg. Jorge Pachano quien se aboca al conocimiento de la presente causa, acompañado del Secretario de Tribunal Abg. Jonnathan Briceño, a los fines de dar inicio al acto, en virtud de la acusación interpuesta por el Fiscal II DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO TRUJILLO del Ministerio Público de este Estado, contra el imputado LUIS ENRIQUE MATERAN MONTILLA, por la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO. Verificada la presencia de las partes se deja constancia que se encuentran presentes: el fiscal II del Ministerio Público Abg. Lenin Terán, la Defensor Público Abg. María Claudia Antonello, no se encuentra presente el imputado LUIS ENRIQUE MATERAN MONTILLA. El juez vista la ausencia de las partes acuerda dar un lapso de espera de 30 minutos. Transcurrido el lapso de espera se verifica nuevamente la presencia de las partes y se deja constancia que se encuentran presentes: el fiscal II del Ministerio Público Abg. Lenin Terán, la Defensor Público Abg. María Claudia Antonello, no se encuentra presente el imputado LUIS ENRIQUE MATERAN MONTILLA quien según resulta de fecha 04/03/2008 se le informa el tribunal que el imputado esta muerto. Revisado el sistema Informático de este tribunal pude constatar que en fecha 31 de octubre de 2007 el tribunal de ejecución Nº 01 decretó la extinción penal en la causa asignada con el Nº TP01-P-2006-930 que se seguía ante ese despacho por cuanto en dicha causa reposaba acta de defunción del ciudadano LUIS ENRIQUE MATERAN MONTILLA titular de la cédula de identidad Nº 18.733.563 que según lo dicho por la Juez le fue consignada acta de defunción del mencionado imputado quien falleció el día 15 de Enero de 2007 a consecuencia de hemorragia interna y externa por herida por arma de fuego, en tal sentido este Tribunal acatando el criterio pacifico del Tribunal supremo de Justicia considera que este es un hecho de notoriedad judicial y en tal sentido lo procedente es dictar la extinción de la acción penal tal como lo establece el artículo 48 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y como consecuencia el sobreseimiento de la causa según los parámetros establecido en el artículo 318 ordinal 3, eiusdem. Es por ello que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta el Sobreseimiento al imputado LUIS ENRIQUE MATERAN MONTILLA titular de la cédula de identidad N° 18.733.563 de conformidad con el artículo 318 ordinal 3 del Código Penal. Se le informa a las partes que la presente acta contiene el auto fundado de la presente decisión por lo que los lapsos para interponer recurso comienzan a correr a partir del día hábil siguiente de este tribunal. . Quedan las partes presentes notificadas.
El Juez de Control N° 07
Abg. Jorge Pachano
El Secretario de la Sala
Abg. Jonnathan Briceño
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