RESOLUCION
Visto el escrito presentado, por el Fiscal III del Ministerio Público, donde informar al Tribunal que en la investigación signada, con el número D21-9491-2007, la Fiscalía III del Ministerio Publico, presento el archivo fiscal el 19-05-08 en la causa seguida a la ciudadana, Maria Libeth Matos Ramirez, ese despacho fiscal decretó el Archivo de las actuaciones, razón por la cual este Tribunal de Control No. 7, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el cese de cualquier medida cautelar que pese sobre el imputado en le presente causa y el cierre electrónico, de la presente causa, así como su envío de la causa física al archivo central. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Dada firmada y sellada, en la sede del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, a los Veintidós días del mes de mayo del año 2008.
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